DECRETO LOCAL 019 RD 4035 - 11 de Agosto de 2008 - Registro distrital - Legislación - VLEX 445786966

DECRETO LOCAL 019 RD 4035

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 4035 11 AGOSTO 2008
EmisorAlcaldia Local de Antonio NariÑo
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 42 • Número 4035 • pP. 1-24 • 2008 • AGOSTO 11
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ARTÍCULO TERCERO.- El presente Decreto rige a
partir de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá D.C., a los cuatro (04) días del
mes de Agosto de dos mil ocho (2008).
MARTHA JANNETH BOLIVAR GUZMAN
Alcaldesa Local de Rafael Uribe Uribe
ALCALDÍA LOCAL DE ANTONIO NARIÑO
Decreto Local Número 019
(Agosto 5 de 2008)
“Por medio del cual se suspenden los días 7,8,
9 y 10 de agosto del año en curso las sesiones
extraordinarias de la Junta Administradora Local
de Antonio Nariño convocadas mediante Decreto
Local No. 018 de 2008”.
LA ALCALDESA LOCAL DE ANTONIO NARIÑO
En ejercicio de sus atribuciones legales en espe-
cial las conferidas por el artículo 322 de la Cons-
titución Política, el Decreto Ley 1421 de 1993 y
demás normas concordantes y
CONSIDERANDO:
1. Que de conformidad con lo estipulado en el inci-
so 2º., del artículo 71 del Decreto 1421 de 1993,
las Juntas Administradoras Locales se reunirán
extraordinariamente por convocatoria que haga
el Alcalde Local, por el término para tratar los
asuntos indicados por éste.
2. Que mediante Decreto Local No. 018 de julio 28 de
2008 se convocó a la Junta Administradora Local
de Antonio Nariño a sesiones extraordinarias des-
de el día 04 hasta el 31 de agosto del año en curso,
con el objeto de presentar, estudiar, discutir, y
aprobar el Plan de Desarrollo Local 2009-2012.
3. Que la Junta Administradora Local mediante O cio
radicado No. 2008-152-003762-2 de agosto 05 de
2008 solicita a éste despacho la suspensión de
las sesiones extraordinarias convocadas para los
días 7, 8, 9 y 10 de agosto del año en curso.
En mérito de lo anterior expuesto,
DECRETA:
ARTÍCULO PRIMERO.- Suspender las sesiones
extraordinarias de la Junta Administradora Local de
Antonio Nariño los días 7, 8, 9 y 10 de agosto del año
en curso convocadas mediante el Decreto Local No.
018 de 2008.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Reiniciar el día 11 de agos-
to de 2008 las sesiones extraordinarias convocadas
mediante Decreto Local No. 018 de 2008.
ARTÍCULO TERCERO.- El presente Decreto Local
rige a partir de su publicación.
Dado en Bogotá, D.C., a los cinco (05) días del
mes de agosto de dos mil ocho (2008).
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
ANTONIA CELESTINA SUAREZ CASTELBLANCO
Alcaldesa Local de Antonio Nariño

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