DECRETO LOCAL 025 RD 3939 - 29 de Febrero de 2008 - Registro distrital - Legislación - VLEX 445788670

DECRETO LOCAL 025 RD 3939

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 3939 29 FEBRERO 2008
EmisorAlcaldia Local de Kennedy
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 42 • Número 3939 • pP. 1-34 • 2008 • FEBRERO 29
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SECTOR REPRESENTANTE
Asociación de Juntas de Acción Co-
munal.
RENE PRIETO PINZÓN. C.C. No. 79.381.692 de Bogotá.
Asociación de Padres de Familia. GUILLERMO ACERO CARDENAS. C.C. No. 19.224.185 de Bogotá.
Organizaciones Juveniles. LAURA ALZATE T.I. No. 91032606011 de Bogotá.
Rectores de establecimientos educa-
tivos.
HUGO FERNANDO VASQUEZ R. C.C. No. 19.220.265 de Bogotá.
Organizaciones de Comerciantes. CARLOS ANDRES ESPINOZA C.C. No. 79.719.062 de Bogotá.
Organizaciones de Industriales. MARTA CASTRO SERRATO C.C. No. 41.663.423 de Bogotá.
Gerentes de Establecimientos de Salud
Pública.
RICARDO BEIRA SILVA C.C. No. 19.269.503 de Bogotá.
Organizaciones no Gubernamentales. HILDA VICTORIA PALOMINO C.C. No. 37.825.607 de B/manga.
Organizaciones Indígenas y Étnicas. JUAN SEBASTIAN TUNTAQUIMBA C.C. No. 80.029.544 de Bogotá.
Minorías Étnicas Afrodescendientes. MARIA SAVIGNE COPETE GARCIA C.C. No. 26.391.643 de Dadó.
Consejos Tutelares. ENRIQUE MARCELLA CORONADO C.C. No. 79.357.430 de Bogotá.
Organizaciones Ambientales. VILCEN EDUARDO RUIZ R. C.C. No. 19.363.447 de Bogotá.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Los miembros del Consejo de
Planeación Local tendrán un período igual al término
del Plan de Desarrollo Local conforme a lo establecido
en el artículo 9° del Acuerdo No. 13 de 2000.
ARTÍCULO TERCERO.- El Consejo de Planeación
Local deberá cumplir con las funciones y atribuciones
contempladas en el artículo 10° y 11° así como con
las demás disposiciones que rigen el Acuerdo No. 13
de 2000.
ARTÍCULO CUARTO.- Este Decreto Local rige a partir
de la fecha de su sanción.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los 19 días del mes de
febrero de 2008.
DIANA MAGALLY MEDINA AREVALO
Alcaldesa Local de los Mártires
ALCALDÍA LOCAL DE KENNEDY
Decreto Local Número 025
(Diciembre 27 de 2007)
“Por medio de la cual se revoca parcialmente el
Decreto Local No. 006 del 2006”.
LA ALCALDESA LOCAL DE KENNEDY
en uso de sus funciones legales y en especial
de las señaladas en los artículos 60, 61 y 86 del
Decreto 1421 de 1994, el Decreto 1757 de 1994 y
artículo 69 del Código Contencioso Administra-
tivo y
CONSIDERANDO:
Que mediante el artículo primero del Decreto Local
No. 006 de Agosto 02 de 2006, se organizó el Comité
de Participación Comunitaria en Salud de Kennedy
“COPACO KENNEDY” el cual será un espacio de
concertación entre los diferentes actores sociales y
el Estado.
Que mediante el artículo tercero ibidem se determinó
que para el funcionamiento del Comité de Participa-
ción Comunitaria en salud de Kennedy se adoptará el
reglamento interno aprobado por la Asamblea ordinaria
llevada a cabo el día 2 del mes de agosto de 2006.
Que de acuerdo al artículo 69 del Código Contencioso
Administrativo, los actos administrativos deberán ser
revocados por lo mismos funcionarios que los hayan
expedido o por sus inmediatos superiores de o cio o
a solicitud de parte, en cualquiera de los siguientes
casos:
1. Cuando sea mani esta su oposición a la Consti-
tución Política o a la ley;
2. Cuando no estén conformes con el interés público
o social o atenten contra él y;
3. Cuando con ellos se cause agravio injusti cado a
una persona.
Que teniendo en cuanta el decreto 1757 de 1994. “Por
el cual se organizan y establecen las modalidades de

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