Decreto Nº 032 de Alcaldía de Castilla la Nueva - Normativa - VLEX 900250274

Decreto Nº 032 de Alcaldía de Castilla la Nueva

Año2022
Fecha de publicación09 Marzo 2022
Fecha04 Abril 2022
Número de documento administrativo032
Fecha de registro04 Abril 2022
EmisorAlcaldía de Castilla la Nueva
NIT: 800.098.190-4
Alcaldía
Municipio de Castilla
La
Nueva
DECRETONo. 032 DE MARZO 09 DE 2022
"Por medio del cual se realiza unos ajustes al presupuesto del capítulo
independiente del SGR del bienio 2021-2022"
EL ALCALDE DE CASTILLA LA NUEVA, META
en uso de sus facultades legales, constitucionales y especiales
conferidas, en la Constitución Política de Colombia, Decreto Ley 111 de
1996, Acuerdo 004 de 2010, Ley 1530 de 2012, Ley 2056 de 2020, Ley
2072 de 2020, Decreto 1821 de 2020
Yi
C O N S 1 D E R A N
D O:
Que el Acto Legislativito No.OS de 2011 constituyó el SGR, y modifico los
artículos 360 y 361 de la Constitución Política, dictando disposiciones sobre el
régimen de regalías y compensaciones.
Que mediante acto legislativo No.OSde 2019 se modificó el artículo 361 de la
Constitución Política y se previó que la vigencia de este nuevo régimen estaría
sujeta a la expedición de una Ley que ajuste el Sistema General de Regalías a
las disposiciones allí previstas.
Que, en desarrollo de lo anterior, se expidió la Ley 20S6 de 2020 "Por la cual se
regula la organización y el funcionamiento del Sistema General de Regalías"
cuyo objeto consiste en determinar la distribución, objetivos, fines,
administración, ejecución, control, el uso eficiente y la destinación de los
ingresos provenientes de la explotación de los recursos naturales no renovables
precisando las condiciones de participación de sus beneficiarios.
Que, el artículo 2.1.1.8.3 del Decreto 1821 de 2020 indica que el presupuesto
de las entidades territoriales a las cuales les aplica este capítulo presupuestal
contendrá un capítulo independiente de regalías, el cual debe incorporar los
rubros a los que hace referencia el' catálogo de clasificación presupuestal del
Sistema General de Regalías expedido por la Dirección General de Presupuesto
Público Nacional, del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
Que, el artículo 2.1.1.8.4 del Decreto 1821 de 2020 establece "Las adiciones,
modificaciones, reducciones, aplazamientos y en general las operaciones
presupuestales correspondientes a partidas del Sistema General de Regalías del
capítulo de regalías dentro de los presupuestos de las entidades territoriales se
harán por decreto del alcalde o gobernador y se soportarán, en lo pertinente,
en decisiones previamente adoptadas por la entidad o instancia competente,
según corresponda.
El-F03 V.04

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