DECRETO Nº 107 ABRIL 30 DE 2020 del municipio de undefined - Normativa - VLEX 876995005

DECRETO Nº 107 ABRIL 30 DE 2020 del municipio de undefined

Fecha de publicación30 Abril 2020
Año2020
Fecha08 Mayo 2020
Fecha de registro08 Mayo 2020
Número de documento administrativo107
EmisorAlcaldía de Castilla la Nueva
Tipo de documentoDecreto
Will
r~paro olidos
por Grava
Lo Hurra
DEPARTAMENTO DEL META
MUNICIPIO DE CASTILLA LA NUEVA
NIT. 800.098.190-4
catila
DESPACHO ALCALDE
VERSION
1
FECHA DE VIGENCIA
PAGINA
Documento Controlado
01
02-01-2020
1 DE 9
Código: E1F02
TRD. 100-12-01-107
DECRETO No. 107
ABRIL 30 DE 2020
POR MEDIO DEL CUAL SE REALIZA APLAZAMIENTO EN EL PRESUPUESTO DE
APROPIACIONES DE LA VIGENCIA FISCAL 2020
EL ALCALDE MUNICIPAL DE CASTILLA LA NUEVA, en uso de las atribuciones legales
conferidas por la Constitución política, la Ley 136 de 1994, Ley 1551 de 2012, Decreto 111
de 1996, Ley 617 de 2000, Ley 715 de 2001, Ley 819 de 2003, Estatuto Orgánico de
Presupuesto del Municipio y
CONSIDERANDO
Que según el Acuerdo Municipal 021 de 30 de noviembre de 2019 el Honorable
Concejo Municipal aprobó el Presupuesto de la vigencia 2020, en los montos del
presupuesto de rentas y apropiaciones, así como las consideraciones generales
presentadas en el proyecto.
Que mediante Decreto Municipal 161 del 17 de Diciembre de 2019, el alcalde
municipal en ejercicio de sus facultades, realizó liquidación del presupuesto de
rentas y apropiaciones para la vigencia fiscal 2020
Que mediante Decreto 417 del 17 de marzo de 2020, con fundamento en el artículo
215 de la Constitución Política, el presidente de la república declaró el estado de
emergencia económica, social y ecológica en todo el territorio nacional, por el
térmir de treinta (30) días calendario, contados a partir de la vigencia de dicho
decreto.
Que mediante Decreto municipal 070 del 17 de marzo de 2020, el alcalde municipal
de Castilla la Nueva (META), en desarrollo de las facultades establecidas en la Ley
1523 de 2012, procedió a declarar la situación de calamidad pública en el municipio
por un periodo de seis (06) meses a partir de la fecha de su promulgación.
Que según el artículo 92 del Acuerdo 004 de Marzo 08 de 2010, se establece que
"en cualquier mes del año fiscal, el alcalde, previo concepto del consejo de gobierno
podrá reducir o aplazar total o parcialmente las apropiaciones presupuestales en
caso de ocurrir uno de los siguientes eventos:
Que la Secretaría Administrativa y Financiera o quien haga sus veces,
estime que los recaudos del año puedan ser inferiores al total de
gastos y obligaciones contraídas con cargo a tales recursos.
Que no fueran aprobados los nuevos recursos por el concejo o que
los aprobados fueran insuficientes para atender los gastos a que se
refiere el artículo 347 de la Constitución Política.
Que no se perfeccionen los recursos del crédito autorizados
>
En estos casos el alcalde podrá prohibir o someter a condiciones
especiales
la
asunción de
vos com2:91771141
.
9bligaciones.
"TRABAJANDO UNID
R CASTILLA LA NUEVA
Alcaldía
astilla la Nueva — Meta
Calle 6 No 8-10 Palacio Mu cipal — Castilla la Nueva, Código Postal: 507041
Conmutador: (8) 6751027 — Directorio !líneas móviles en la página web, en:
INICIO — TRAMITES Y SERVICIOS EN LINEA — "LINEAS DE ATENCION AL USUARIO"
www.castillalanueva-meta.gov.co
e-mail: contactenos@castillalanueva-meta.gov.co

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