Decreto Nº 121 de Alcaldía Municipal de Aguazul en Casanare - Normativa - VLEX 908356701

Decreto Nº 121 de Alcaldía Municipal de Aguazul en Casanare

Número de documento administrativo121
Fecha de publicación04 Agosto 2022
Fecha05 Agosto 2022
Fecha de registro05 Agosto 2022
EmisorAlcaldía Municipal de Aguazul en Casanare
ALCALDÍA
af
AGU,uUL
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RESULTADOS
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todos..
(
DECRETO
No
12
T
05
AGO
2022
r
Por
el
cual
se
hace
un
Nombramiento
Ordinario"
LA
ALCALDESA
DEL
MUNICIPIO
DE
AGUAZUL
En
ejercicio
de
sus
facultades
Constitucionales
y
legales
y
en
especial
de
tas
conferidas
en
el
Artículo
315
de
la
Constitución
Política,
el
numeral
1
del
literal
d)
del
artículo
29
de
la
ley
1551
de
2012
modificatorio
del
artículo
91
de
la
ley
136
de
1994,
Decreto
1083
de
2015,
y,
CONSIDERANDO.
Que,
constitucionalmente
corresponde
al
Alcalde,
como
suprema
autoridad
administrativa
4,
municipio
nombrar
y
remover
funcionarios
bajo
su
dependencia,
de
acuerdo
con
las
disposiciones
pertinentes.
Que,
en
la
Alcaldía
Municipal
de
Aguazul,
se
encuentran
empleos
de
libre
nombramiento
y
remoción
de
las
diferentes
Secretarías
de
Despacho
y
Jefes
de
Oficina
de
la
planta
global
de
empleos,
los
cuate
deben
ser
provistos
para
el
cabal
y
oportuno
cumplimiento
de
la
misión
institucional
de
la
entida
territorial.
Que,
los
artículos
23
de
la
Ley
909
de
2004
y
2.2.5.3.1
del
Decreto
1083
de
2015,
establecen
que
las
vacantes
definitivas
de
los
empleos
de
libre
nombramiento
y
remoción
son
provistas
mediante
nombramiento
ordinario,
previo
el
cumplimiento
de
los
requisitos
exigidos
para
el
desempeño
de.
cargo.
Que,
el
artículo
2.2.5.1.2
del
Decreto
648
de
2017,
consagra
que:
"Corresponde
a
los
Gobernadores
y
Alcaldes
nombrar
a:
1.
Empleados
bajo
su
dependencia
(..)"
Que,
el
artículo
2.2.5.1.3
del
Decreto
648
de
2017,
establece
que
los
nombramientos
de
competencia
del
alcalde,
se
harán
mediante
decreto.
Que,
el
artículo
2.2.5.1.4
ibídem,
señala
los
requisitos
para
efectos
de
poder
ser
nombrado
y
ejercer
un
empleo
en
la
Rama
Ejecutiva
de
los
órdenes
nacional
y
territorial.
Que,
el
artículo
2.2.5.1.5
ibídem,
señala
que:
"Corresponde
al
jefe
de
la
unidad
de
personal
o
quien
haga
sus
veces,
antes
que
se
efectúe
el
nombramiento:
1.
Verificar
y
certificar
que
el
aspirante
cumple
con
los
requisitos
y
competencias
exigidos
para
el
desempeño
del
empleo
por
la
Constitución,
la
ley,
los
reglamentos
y
los
manuales
de
funciones
y
de
competencias
laborales.
2.
Verificar
directamente
los
antecedentes
fiscales,
discíplinarios
y
judiciales
del
aspi,
ante,
dejando
las
constancias
respectivas."
Palacio
Municipal
calle
11
#
1135
Tel.
(60
8)
634
5995
i
Edificio
CLAC
(Secretaria
de
Gobierno)
Calle
10
#
1649.
linea
Gratuita
018000953231
Código
Postal.
856010
contactenos@aguazulcasanare.gov.co
i
www.aguazul-casanare.gov.co
¡(ll117Ul
C;acanarr~

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