Decreto N° 2132 de la Gaceta de la Alcaldía de Medellín, 05-11-2013 - Normativa - VLEX 879097516

Decreto N° 2132 de la Gaceta de la Alcaldía de Medellín, 05-11-2013

Fecha05 Noviembre 2013
Fecha de publicación10 Enero 2014
Tipo de documentoDecreto
Creada por Acuerdo Nº 5 de 1987 del Concejo Municipal
Gaceta Oficial Nº4209
Dirección
Secretaría de
Servicios
Administrativos
Coordinación
Archivo General
Alcaldía de Medellín
Medellín,
Enero 10 de 2014
Año XXI - 100 páginas
CONTENIDO
Pág.
DECRETO 2587 DE 2013 (Diciembre 26)
DECRETO 2622 DE 2013 (Diciembre 27)
DECRETO 2000 DE 2013 (Octubre 22)
DECRETO 2030 DE 2013 (Octubre 24)
DECRETO 2032 DE 2013 (Octubre 24)
DECRETO 2040 DE 2013 (Octubre 25)
DECRETO 2046 DE 2013 (Octubre 28)
DECRETO 2061 DE 2013 (Octubre 29)
DECRETO 2064 DE 2013 (Octubre 29)
DECRETO 2069 DE 2013 (Octubre 30)
DECRETO 2070 DE 2013 (Octubre 30)
DECRETO 2085 DE 2013 (Octubre 31)
DECRETO 2089 DE 2013 (Octubre 31)
DECRETO 2090 DE 2013 (Octubre 31)
DECRETO 2091 DE 2013 (Octubre 31)
DECRETO 2105 DE 2013 (Noviembre 1)
DECRETO 2114 DE 2013 (Noviembre 1)
DECRETO 2117 DE 2013 (Noviembre 1)
DECRETO 2118 DE 2013 (Noviembre 5)
DECRETO 2121 DE 2013 (Noviembre 5)
DECRETO 2122 DE 2013 (Noviembre 5)
DECRETO 2123 DE 2013 (Noviembre 5)
DECRETO 2130 DE 2013 (Noviembre 5)
DECRETO 2132 DE 2013 (Noviembre 5)
DECRETO 2133 DE 2013 (Noviembre 5)
DECRETO 2139 DE 2013 (Noviembre 6)
DECRETO 2141 DE 2013 (Noviembre 6)
DECRETO 2142 DE 2013 (Noviembre 6)
DECRETO 2143 DE 2013 (Noviembre 6)
DECRETO 2144 DE 2013 (Noviembre 6)
DECRETO 2145 DE 2013 (Noviembre 6)
DECRETO 2146 DE 2013 (Noviembre 6)
DECRETO 2149 DE 2013 (Noviembre 6)
DECRETO 2150 DE 2013 (Noviembre 6)
DECRETO 2151 DE 2013 (Noviembre 6)
DECRETO 2152 DE 2013 (Noviembre 6)
DECRETO 2165 DE 2013 (Noviembre 7)
DECRETO 2167 DE 2013 (Noviembre 7)
DECRETO 2170 DE 2013 (Noviembre 7)
DECRETO 2179 DE 2013 (Noviembre 8)
DECRETO 2180 DE 2013 (Noviembre 8)
DECRETO 2181 DE 2013 (Noviembre 8)
DECRETO 2182 DE 2013 (Noviembre 8)
DECRETO 2183 DE 2013 (Noviembre 8)
DECRETO 2184 DE 2013 (Noviembre 8)
DECRETO 2186 DE 2013 (Noviembre 8)
DECRETO 2194 DE 2013 (Noviembre 8)
DECRETO 2195 DE 2013 (Noviembre 8)
DECRETO 2203 DE 2013 (Noviembre 8)
DECRETO 2204 DE 2013 (Noviembre 8)
DECRETO 2205 DE 2013 (Noviembre 8)
DECRETO 2224 DE 2013 (Noviembre 12)
DECRETO 2239 DE 2013 (Noviembre 12)
DECRETO 2243 DE 2013 (Noviembre 12)
DECRETO 2244 DE 2013 (Noviembre 12)
DECRETO 2245 DE 2013 (Noviembre 12)
DECRETO 2246 DE 2013 (Noviembre 12)
DECRETO 2249 DE 2013 (Noviembre 12)
DECRETO 2250 DE 2013 (Noviembre 12)
DECRETO 2256 DE 2013 (Noviembre 13)
DECRETO 2257 DE 2013 (Noviembre 12)
DECRETO 2263 DE 2013 (Noviembre 13)
DECRETO 2266 DE 2013 (Noviembre 14)
DECRETO 2267 DE 2013 (Noviembre 14)
DECRETO 2270 DE 2013 (Noviembre 14)
DECRETO 2272 DE 2013 (Noviembre 14)
DECRETO 2277 DE 2013 (Noviembre 14)
DECRETO 2278 DE 2013 (Noviembre 14)
DECRETO 2282 DE 2013 (Noviembre 14)
DECRETO 2284 DE 2013 (Noviembre 15)
DECRETO 2285 DE 2013 (Noviembre 15)
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Gaceta Oficial Nº4209
DECRETO 2587 DE 2013
(Diciembre 26)
Por medio del cual se realiza unos traslados en la Administración Municipal
EL ALCALDE DE MEDELLÍN (E),
En uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en
especial las conferidas por el artículo 315 de la Constitución
Política, la Ley 136 de 1994, la Ley 1551 de 2012, y la Ley
909 de 2004, y
CONSIDERANDO:
Que en el Decreto Nacional 1950 de 1973, artículo 29° y 30°,
se expresa que hay traslado cuando la administración hace
permutas entre empleados que desempeñen empleos de
funciones anes o complementarias, que tengan la misma
categoría y para los cuales se exijan requisitos mínimos
similares para su desempeño. Así mismo, el traslado se
podrá hacer por necesidad del servicio, siempre que ello no
implique condiciones menos favorables para el empleado
o cuando sea solicitado por los servidores interesados,
siempre que el movimiento no cause perjuicios al servicio.
Que el artículo 96 del Decreto 1227 de 2005, mediante el
cual se reglamenta la ley 909 de 2004 y el Decreto 1567
de 1998, considera que la modicación de la Planta de
Empleos debe fundamentarse entre otros aspectos, a
los siguientes: Literal 5. Mejoramiento o introducción de
procesos, producción de bienes o prestación de servicios,
Literal 6. La redistribución de funciones y cargas de trabajo,
y Literal 10. Mejoramiento de los niveles de eciencia,
ecacia y economía de la entidad.
Que es necesario precisar que la Administración Municipal
tiene una Planta Global de Empleos, de acuerdo con
lo denido en el artículo 115 de la Ley 489 de 1998 en
concordancia con el artículo 209 de la Constitución Política.
Que la condición de planta global que caracteriza la
estructura de empleos de la Administración Municipal
permite un traslado en forma horizontal, respetando su
perl, asignación salarial y la naturaleza de las funciones
como Profesional Universitario a n de apoyar los procesos
misionales, así como las estrategias asociadas a los
diferentes procesos que son competencia de la Secretaría
involucrada.
Que ha dispuesto la Ley que es función del nominador
ubicar los cargos en las distintas dependencias de la
organización, de conformidad con la estructura orgánica,
las necesidades del servicio y los planes y programas que
se deban ejecutar.
Que mediante el Decreto 1391 de septiembre 13 de 2012,
se hacen unas delegaciones a la Secretaría de Servicios
Administrativos para el diseño, administración y control de la
planta global de empleos del sector central, la organización
con carácter permanente o transitorio de las unidades,
equipos y grupos internos de trabajo y la redistribución del
personal del Municipio de Medellín del nivel central, con el
n de atender las necesidades del servicio y cumplir con
ecacia y eciencia, los objetivos, políticas y programas de
las dependencias centrales.
Que el objetivo fundamental de la Secretaría de Educación
es “Garantizar el acceso y la permanencia de niñas, niños,
jóvenes y adultos de Medellín a un sistema educativo
caracterizado por la calidad, la eciencia, la efectividad y
la pertinencia, que forme ciudadanos comprometidos con
su ciudad, su región y el país, para la construcción de una
sociedad democrática, incluyente, equitativa y productiva.”
Que el objetivo fundamental de la Subsecretaría de Calidad
Educativa es Desarrollar la estrategia en la educación
media para la implementación de programas técnicos y la
asesoría curricular en la articulación de las competencias
básicas transversales y especícas.
Que mediante ocio del 21 de noviembre de 2013
la Doctora Alexandra Peláez Botero, Secretario de
Despacho, Secretaria de Educación, solicita a la Doctora
Vera Cristina Ramirez Lopez Secretaria de Despacho de
Servicios Administrativos, la autorización para realizar un
traslado interno del empleo Profesional Universitario código
21902052, posición 2013649, adscrito a la Subsecretaria de
Planeación Educativa, para que dependa del despacho de
la Subsecretaria de Calidad Educativa; con el n de apoyar
estrategias en la educación, y evaluar la articulación de las
competencias básicas, transversales y especícas de los
temas curriculares.
Que de acuerdo al proyecto de normalización de la planta
de empleos en la Administración Municipal se hace
necesario realizar movimientos entre la Secretaría de
Participación Ciudadana y el Departamento Administrativo
de Planeación a n de optimizar el recurso y hacer más
agiles y ecientes los procesos.
Que por necesidades del servicio y con el n de fortalecer
las actividades, darle más agilidad a los procesos que se
desarrollan en esta dependencia, y optimizar el recurso
se hace necesario realizar traslado en la Secretaria de
Educación.
Que la rotación de este empleo, obedece además a la
nueva modelación de los procesos en cada una de las
áreas, con el n de fortalecer y darle más agilidad a los
procedimientos que en ellos se desarrollan, de acuerdo al
perl asociado a cada uno de los empleos que cumplen y
respaldan dicho proceso.
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DECRETA:
Artículo 1º. Trasladar el empleo Profesional Universitario
código 21902052, posición 2013649, adscrito al Despacho
de la Subsecretaría de Planeación Educativa Secretaría de
Educación, para que dependa directamente de Despacho
de la Subsecretaría de Calidad Educativa, de la Secretaría
de Educación.
Artículo 2°. Trasladar a la servidora AIDA RAMIREZ
MADRID, identicada con cédula de ciudadanía número
42.787.875, titular del empleo Profesional Universitario
código 21902052, posición 2013649, adscrito al Despacho
de la Subsecretaría de Planeación Educativa, Secretaría de
Educación, para que dependa directamente del Despacho
de la Subsecretaría de Calidad Educativa, de la Secretaría
de Educación.
Artículo 3º. Modicar los requisitos de estudio y experiencia
del empleo Líder de Programa, código 20606103, posición
2015837 adscrito a la Unidad de Gestión Formativa para la
Participación, Subsecretaría de Formación y Participación
Ciudadana, Secretaría de Participación Ciudadana, así:
ESTUDIOS BÁSICOS: Título Profesional en Administración
de Empresas, Contaduría, Economía, Sicología o
Sociología.
ESTUDIOS DE POSTGRADO: Título de especialización
que guarde relación con las funciones del cargo.
EXPERIENCIA: Veinticuatro (24) meses de experiencia
profesional.
Treinta y seis (36) meses de experiencia relacionada.
Artículo 4º. Trasladar el servidor LUIS DAVID TORRES
POMES, identicado con la cédula de ciudadanía número
70.561.225, quien se encuentra en encargo en el empleo
Líder de Programa, código 20606051, posición 2009314 en
la Subsecretaría de Formación y Participación Ciudadana,
Secretaría de Participación Ciudadana al empleo Líder de
Programa, código 20606103, posición 2015837 adscrito a
la Unidad de Gestión Formativa para la Participación, de la
misma Subsecretaría y Secretaría y a su titular Jorge Mario
Duque Echeverri, identicado con la cédula de ciudadanía
número 8.409.585, quien se encuentra comisionado en
otra entidad.
Artículo 5º. Trasladar una (1) plaza del empleo Líder
de Programa, código 20606051, posición 2009314 de la
Subsecretaría de Formación y Participación Ciudadana,
Secretaría de Participación Ciudadana a depender
directamente de la Subdirección de Información,
Departamento Administrativo de Planeación.
Artículo 6º. El manual especíco de funciones, requisitos
y competencias laborales de los empleos trasladados en
el presente Decreto, serán los existentes en el manual de
funciones, requisitos y competencias laborales para este
empleo en el Municipio de Medellín.
Artículo 7º. Este Decreto rige a partir de la fecha de su
publicación, en la Gaceta Ocial del Municipio de Medellín
y deroga las disposiciones que le sean contrarias.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Medellín, a los veintiséis (26) días del mes de Diciembre de 2013
LUIS FERNANDO SUAREZ VELEZ
Alcalde de Medellín (E)
JORGE MARIO VELASQUEZ SERNA
Secretario de Servicios Administrativos (E)

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