Decreto N° 68 de la Gaceta de la Alcaldía de Medellín, 20-01-2023 - Normativa - VLEX 920869890

Decreto N° 68 de la Gaceta de la Alcaldía de Medellín, 20-01-2023

Fecha de publicación23 Enero 2023
Año2023
Fecha20 Enero 2023
Tipo de documentoDecreto
Gaceta Oficial
Creada por Acuerdo 5 de 1987 del Concejo de Medellín
5079
Año XXXVI
Edición de 53 páginas
lunes, 23 de Enero de 2023
Distrito Especial de Ciencia Tecnología
e Innovación de Medellín
Dirección
Coordinación
Secretaría de Innovación Digital
Unidad de Gestión Documental
www.medellin.gov.co
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Gaceta Oficial 5079
CONTENIDO Pág.
DECRETO 6 DE 2023 (ENERO 4) .............................................................................................. 3
“Por medio del cual se fija el incremento salarial de los Trabajadores Oficiales del Distrito de Medellín Nivel Central, para el año
2023” ....................................................................................................................................................................................................... 3
DECRETO 23 DE 2023 (ENERO 10) .......................................................................................... 5
“Por medio del cual se prorroga la planta temporal del empleo Agente de Tránsito, código 340 ET, del Distrito de Medellín” ............ 5
DECRETO 36 DE 2023 (ENERO 13) .......................................................................................... 7
“Por medio del cual se realizan unos traslados presupuestales en el Presupuesto General del Distrito Especial de Ciencia,
Tecnología e Innovación de Medellín para la vigencia fiscal 2023” ....................................................................................................... 7
DECRETO 47 DE 2023 (ENERO 16) ........................................................................................ 38
“Por medio del cual se realizan unos traslados presupuestales en el Presupuesto General del Distrito Especial de Ciencia,
Tecnología e Innovación de Medellín para la vigencia fiscal 2023” ..................................................................................................... 38
DECRETO 68 DE 2023 (ENERO 20) ........................................................................................ 48
“Por medio del cual se concede un permiso excepcional para la venta y consumo de licor en el evento “COLOMBIATEX DE LAS
AMÉRICAS 2023”. ................................................................................................................................................................................ 48
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DECRETO 6 DE 2023 (ENERO 4)
“Por medio del cual se fija el incremento salarial de los Trabajadores Oficiales del Distrito de
Medellín Nivel Central, para el año 2023”
EL ALCALDE DE MEDELLÍN
En uso de sus facultades constitucionales y legales, y en especial las otorgadas
por los numerales 1, 3 y 7 del artículo 315 de la Constitución Política, el numeral 3
CONSIDERANDO QUE
La Corte Constitucional, a través de la Sentencia C-1064 del 10 de octubre de
2001, refiriéndose al tema del incremento salarial; indicó:
“(…) El artículo 53 protege la movilidad salarial tanto de los servidores públicos
que ganan uno o dos salarios mínimos, como de los que están ubicados en
escalas salariales superiores (…)”. Ello ha de ser así, con respecto a una línea
jurisprudencial de precedentes entre los cuales se destacan las Sentencias C-710
de 1999, C-815 de 1999, C-1433 de 2000, entre otras, relativas al aumento salarial
de los servidores públicos. Estima entonces la Corte que el reajuste salarial debe
cobijar a todos los empleados y trabajadores al servicio de las ramas y entidades
comprendidas por la ley anual de presupuesto. En términos prácticos, esto
significa que todos ellos deben recibir un aumento salarial en el período regulado
por dicha ley.
Así pues, la Corte ha estimado por varias razones relativas a la protección
reforzada brindadas por la Constitución que para el incremento salarial debe
considerarse preponderantemente la inflación, en aras de que se mantenga la
capacidad adquisitiva real de los salarios.
El incremento salarial debe obedecer a las siguientes premisas: Todos los
servidores públicos tienen derecho a mantener el poder adquisitivo real de su
salario; los salarios de los servidores públicos deberán ser aumentados cada año
en términos nominales y los salarios de los servidores públicos que sean inferiores
al promedio ponderado de los salarios de los servidores de la administración
central, deberán ser aumentados cada año en un porcentaje que por lo menos,
mantenga anualmente su poder adquisitivo real.
La cláusula 12 de la Convención Colectiva de Trabajo 2008-2011 celebrada entre
el hoy Distrito de Medellín y su Sindicato de Trabajadores Oficiales, establece:
“(…) En ningún caso el incremento salarial de cada año será inferior al de los
Empleados Públicos del Municipio de Medellín”.
El Acuerdo Distrital 065 de 2022 “Por medio del cual se fija el incremento salarial
que regirá en el año 2023”, dispone:
“Artículo 1. El incremento al salario básico mensual para el año 2023, de los
empleados públicos del Distrito Especial de Ciencia, Tecnología e Innovación
de Medellín, Nivel Central, y de la Personería de Medellín, la Contraloría
General de Medellín y el Concejo de Medellín, corresponderá al incremento
porcentual del IPC total en 2022 certificado por el DANE, más el 2.0%...
Artículo 2. Las disposiciones del presente Acuerdo, no comprenden a los
Trabajadores Oficiales, quienes se encuentran cobijados por la Convención
Colectiva de Trabajo.”
Dentro del presupuesto del Distrito de Medellín para el año 2023, se tuvo en
consideración la partida presupuestal correspondiente, a fin de garantizar el
cumplimiento de esta norma convencional y del precepto superior contenido en el

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