Decreto No 025 del municipio de El Dorado, 27-05-2022
Fecha de publicación | 27 Mayo 2022 |
Fecha | 27 Mayo 2022 |
Tipo de documento | Decreto |
REPUBLICA DE COLOMBIA
DEPARTAMENTO DEL META
ALCALDIA DE EL DORADO
META.
Nit. 800255443-6
DESPACHO DEL ALCALDE
CODIGO: 100
VERSIÓN:
Aprobación:
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POR MEDIO DEL CUAL SE ACOGE LOS DECRETOS PRESIDENCIALES No. 830 del 24 de Mayo de 2022 Y 840 del 25 de Mayo de 2022 “POR MEDIO DEL CUAL SE DICTAN NORMAS PARA A CONSERVACIÓN EL ORDEN PÚBLICO
DURANTE EL PERIODO DE ELECCIONES PRESIDENCIALES Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES” EN EL MUNICIPIO DE EL DORADO – META.”
Carrera 5 N° 6 – 25 Centro
Email: alcaldia@eldorado-meta.gov.co
Celular: 321-266-6418
MAYO 27 DE 2022
2022 Y SE MODIFICA PARCIALMENTE EL DECRETO MUNICIPAL No. 024 DEL 25 DE MAYO DE
2022 “QUE ACOGE DECRETO PRESIDENCIAL No. 830del 24 de Mayo de 2022 - POR MEDIO DEL CUAL SE DICTAN
NORMAS PARA A CONSERVACIÓN EL ORDEN PÚBLICO DURANTE EL PERIODO DE ELECCIONES PRESIDENCIALES Y SE
DICTAN OTRAS DISPOSICIONES - EN EL MUNICIPIO DE EL DORADO – META”
EL ALCALDE MUNICIPAL DE EL DORADO – META,
En uso de sus atribuciones constitucionales, legales y reglamentarias, especialmente las conferidas en la
Constitución Política de Colombia, Art. 40, 270, 296, Art. 315, Ley 130 de 1994, Ley 136de 1994 modificado Ley
normas concordantes,
CONSIDERANDO
Que de conformidad con el artículo 296 de la C onstitución Política, para la conservación del orden público o para
su rest ablecimiento donde fuere turbado, los actos y órdenes del Presidente de la R epública se aplicarán de
manera inmediata y de preferencia sobre los de los gobernadores; los actos y órdenes de los gob ernadores se
aplicarán de igual manera y con los mismos efectos en relación con los de los alcaldes.
Que el artículo 315 de la Constitución Política señala como atribución de los ALCALDES conservar el orden
público en el municipio, de conformidad con la Ley y las instrucciones y órdenes que reciba del
presidente de la República (se resalta).
Que el artículo 91 – Literal B) – Nral. 1º. y 2º. de la Ley 136de 1994 modificado por el artículo 29 de la Ley 1551
de 2012 establece como función de los alcaldes, en rel ación con el orden públ ico, la de conservar el orden
público en el municipio, de conformidad con la le y y las instrucciones del Presidente de la República y del
respectivo Gobernador (se resalta).
Que de conformidad a lo establecido por el artículo 2.2.4.1.2 del Decreto 1066de 2015, en todas las elecciones
nacionales y territoriales se decretará la "Ley Seca" en los horarios señalados por el Código Nacio nal Electoral,
sin perjuicio de la potestad constitucional del Presidente de la República para modificar los mismos.
Que de conformidad con el artículo 198 de la Ley 1801de 2016 son autoridades de policía, entre otros, el
Presidente de la República, los Gobernadores y los Alcaldes Distritales o Municipales. Que de conformidad con
el artículo 199 ibidem, es atribución del Presidente de la República (i) ejercer la función de policía para garantizar el
ejercicio de los derechos y libertades públicas, y los deberes, de acuerdo a la Constitución y la ley, (ii) tomar las medidas
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