Decreto número 1036 de 2016, por el cual se adiciona un capítulo al Libro 2, Parte 2, Título 3 del Decreto número 1066 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Interior, con elfin de adoptar la Estrategia Nacional para la Lucha Contra la Trata de Personas, 2016-2018 - 24 de Junio de 2016 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 643956401

Decreto número 1036 de 2016, por el cual se adiciona un capítulo al Libro 2, Parte 2, Título 3 del Decreto número 1066 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Interior, con elfin de adoptar la Estrategia Nacional para la Lucha Contra la Trata de Personas, 2016-2018

EmisorMinisterio del Interior
Número de Boletín49914

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial la conferida por el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política, y en desarrollo del artículo 4º de la Ley 985 de 2005,

CONSIDERANDO:

Que el numeral 1 del artículo 15 de la Ley 985 de 2005 dispone entre las funciones del Comité Interinstitucional para la Lucha contra la Trata de Personas la de elaborar y recomendar al Gobierno Nacional la Estrategia Nacional para la Lucha Contra la Trata de Personas.

Que el artículo 13 de la Ley 985 de 2005 le otorga al Comité Interinstitucional para la Lucha contra la Trata de Personas, la condición de organismo consultivo y ente coordinador de las acciones que desarrolle el Estado colombiano en materia de lucha contra la trata de personas, a través de la Estrategia Nacional para la Lucha Contra la Trata de Personas.

Que la Convención sobre los Derechos del Niño, adoptada por Colombia mediante la Ley 12 de 1991; el Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía, aprobado mediante la Ley 765 de 2002; y la Ley 1098 de 2006 o Código de la Infancia y de la Adolescencia hacen de la protección de los niños, niñas y adolescentes ante cualquier forma contemporánea de esclavitud o de servidumbre, incluida la trata de personas, un propósito del Estado colombiano.

Que la Ley 1448 de 2011, "Por la cual se dictan medidas de atención, asistencia y reparación integral a las víctimas del conflicto armado interno y se dictan otras disposiciones", es el marco fundamental a tener en cuenta para el reconocimiento, asistencia y reparación integral a las víctimas del conflicto armado interno colombiano.

Que la Ley 1719 de 2014, "Por la cual se modifican algunos artículos de las Leyes 599 de 2000, 906 de 2004 y se adoptan medidas para garantizar el acceso a la justicia de las víctimas de violencia sexual, en especial la violencia sexual con ocasión del conflicto armado y se dictan otras disposiciones", tipifica el delito de trata de personas, modalidad explotación sexual, en el marco del conflicto armado.

Que el Comité Interinstitucional para la Lucha contra la Trata de Personas aprobó el texto definitivo de la Estrategia Nacional para la Lucha Contra la Trata de Personas, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 15, numeral 1 de la Ley 985 de 2005 y de acuerdo con las observaciones presentadas por la sociedad civil en distintos escenarios de participación.

Que de conformidad con lo anterior, la Estrategia Nacional para la Lucha Contra la Trata de Personas será implementada para la vigencia 2016-2018.

En mérito de lo expuesto,

DECRETA:

Artículo 1º El Libro 2, Parte 2, Título 3 del Decreto 1066 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo del Interior, tendrá un nuevo capítulo: 4; con el siguiente texto:

"CAPÍTULO 4

Estrategia Nacional para la Lucha Contra la Trata de Personas 2016-2018

Artículo 2.2.3.4.1. Objeto. El presente capítulo tiene por objeto adoptar la Estrategia Nacional para la Lucha Contra la Trata de Personas 2016-2018, elaborada y recomendada por el Comité Interinstitucional al que se refiere el artículo 12 de la Ley 985 de 2005, con el objetivo de desarrollar la política de Estado que contrarreste este flagelo, desde los enfoques de Derechos, Género, Generacional - Ciclo Vital, Diferencial, Territorial y Lucha Contra el Delito.

Parágrafo 1º. La estrategia Nacional para la Lucha Contra la Trata de Personas 2016-2018 se encuentra contemplada como anexo del presente capítulo y hace parte integral del mismo.

Parágrafo 2º. Finalizado el 2018, la Estrategia Nacional para la Lucha Contra la Trata de Personas 2016-2018, se entenderá que continúa vigente, hasta que el Gobierno Nacional adopte una nueva Estrategia Nacional para la Lucha Contra la Trata de Personas.

Artículo 2.2.3.4.2. Ámbito de aplicación. El presente capítulo se aplica a las entidades que integran el Comité Interinstitucional para la Lucha Contra la Trata de Personas y demás entidades públicas competentes en la materia en el orden nacional y territorial.

Artículo 2.2.3.4.3. Metas e indicadores. Las metas e indicadores de gestión que permiten medir la eficiencia y eficacia en el cumplimento de los objetivos definidos en la Estrategia Nacional para la Lucha Contra la Trata de Personas 2016-2018, se establecerán en el Plan de Acción Anual que elaborará el Comité Interinstitucional para la Lucha contra la Trata de Personas durante el último trimestre del año para la siguiente vigencia.

Artículo 2.2.3.4.4. Seguimiento. Conforme con el artículo 15 de la Ley 985 de 2005, corresponde al Comité interinstitucional para la Lucha contra la Trata de Personas realizar seguimiento a la ejecución de esta Estrategia Nacional, de acuerdo con lo dispuesto en el anexo técnico y los planes de acción de los que trata el artículo anterior."

Artículo 2º Anexo.

Incorpórese el Anexo Técnico número 2 de este Decreto como Anexo número 2 del Decreto 1066 de 2015, contentivo de la Estrategia Nacional para la Lucha Contra la Trata de Personas, 2016-2018.

Artículo 3º Vigencia.

El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 24 de junio de 2016.

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN

El Ministro del Interior,

Juan Fernando Cristo Bustos.

La Ministra de Relaciones Exteriores,

María Angela Holguín Cuéllar.

El Ministro de Justicia y del Derecho,

Jorge Eduardo Londoño Ulloa.

El Ministro de Defensa Nacional,

Luis Carlos Villegas Echeverri.

El Ministro de Salud y Protección Social,

Alejandro Gaviria Uribe.

La Ministra de Trabajo,

Clara López Obregón.

La Ministra de Educación Nacional,

Gina Parody D'Echeona.

ANEXO TÉCNICO NÚMERO 2 DEL DECRETO 1066 DE 2015, DECRETO ÚNICO REGLAMENTARIO DEL SECTOR INTERIOR

ESTRATEGIA NACIONAL PARA LA LUCHA CONTRA LA TRATA DE PERSONAS, 2016-2018

1. Justificación. La Estrategia Nacional 2016-2018 es el resultado de un proceso participativo y de construcción conjunta con los diferentes actores involucrados en la lucha contra la Trata de Personas, en el cual se consideraron los insumos de encuentros realizados con el Comité Interinstitucional y los Comités Departamentales, con las Organizaciones de la Sociedad Civil, las víctimas, las Organizaciones de Cooperación Internacional y la Academia. El trabajo de consulta se realizó a través de Encuentros Nacionales, mesas de trabajo, entrevistas y cuestionarios.

Producto de estos múltiples espacios de diálogo, se formula la Estrategia Nacional para la Lucha Contra la Trata de Personas, la cual define los lineamientos de acción del Estado colombiano, en el período comprendido entre 2016 y 2018, para la Lucha Contra el Delito de la Trata de Personas y la asistencia y protección a las víctimas del mismo.

Esta Estrategia estará articulada tanto con la normativa nacional e internacional en materia de Lucha Contra el Delito de la Trata de Personas, y la asistencia y protección a las víctimas de este fenómeno, como con las demás estrategias nacionales y políticas públicas del Estado colombiano afines a la materia.

2. Organización. La Estrategia se organiza a partir de seis enfoques que constituyen sus pilares y de siete ejes que trazan las líneas de acción. Cada enfoque es de carácter transversal de manera que las intervenciones definidas en cada eje deben hacerse en el respeto de los mismos. La gráfica 1 ilustra la articulación entre ejes y enfoques.

3. Estructura. Estructura de la Estrategia Nacional para la Lucha contra la Trata de Personas 2016-2018. Gráfica 1.

4. Enfoques

4.1. Enfoque de derechos. Se enmarca dentro de los compromisos internacionales asumidos por el Estado colombiano en materia de Derechos Humanos, la ratificación de Convenios Internacionales, y los compromisos y obligaciones subyacentes de estos instrumentos jurídicos, así como la normativa nacional en la materia, obligando al Estado a actuar para la prevención y Lucha Contra el Delito de la Trata de Personas, y la protección y asistencia a las víctimas de la misma.

El enfoque de derechos permite poner en el centro de la Estrategia y sus acciones a las personas, entendiendo que toda persona es titular de un conjunto de derechos que le es inherente, con el objetivo de salvaguardar sus derechos humanos y velar por su integridad y dignidad, así como el desarrollo de estrategias articuladas con políticas públicas existentes para el fortalecimiento de condiciones de igualdad, equidad y dignidad para el ejercicio de los derechos y los deberes que esto acarrea.

En este sentido, la Estrategia Nacional para la Lucha Contra la Trata de Personas, y las acciones que de esta se desprendan, estarán enfocadas a garantizar los derechos humanos de las víctimas de este delito, generar, facilitar y proporcionar los medios necesarios para tal fin, respetando la autonomía de las víctimas y sin interferencia de las autoridades en el goce efectivo de sus derechos. Estas acciones deben implementarse en un marco de igualdad material, reconociendo la diferencia, sin discriminar a las víctimas por razones de etnia, sexo, orientación sexual o identidad de género, discapacidad, procedencia, religión o estrato socio económico, entre otros. La ejecución de la Estrategia se deberá efectuar a través de la participación de las organizaciones de la sociedad civil y de víctimas con la finalidad de garantizar su seguimiento y ejecución.

4.2. Enfoque de género. El género es una categoría de análisis social que permite comprender, en parte, las relaciones entre las personas con distintas identidades de género y orientaciones sexuales, en especial, cómo...

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