Decreto número 1172 de 2016, por el cual se modifica la Sección 4 'Sanciones', del Capítulo II del Título I del Libro 2 del Decreto 1073 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Minas y Energía y se dictan otras disposiciones - 19 de Julio de 2016 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 645661433

Decreto número 1172 de 2016, por el cual se modifica la Sección 4 'Sanciones', del Capítulo II del Título I del Libro 2 del Decreto 1073 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Minas y Energía y se dictan otras disposiciones

EmisorMinisterio de Minas y Energía
Número de Boletín49939

El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus atribuciones constitucionales, y en particular las previstas en el artículo 189, numeral 11 de la Constitución Política, los artículos 25 y 26 de la Ley 1753 de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 212 del Código de Petróleos señala que el transporte y distribución de petróleos y sus derivados constituyen un servicio público, razón por la cual las personas o entidades dedicadas a esas actividades deberán ejercerlas de conformidad con los reglamentos que dicte el Gobierno, en guarda de los intereses generales.

Que el artículo 25 de la Ley 1753 de 2015, por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2014 - 2018, Todos por Nuevo País, estableció el nuevo régimen sancionatorio aplicable a los agentes de la cadena de distribución de combustibles líquidos y biocombus-tibles que trasgredan las normas sobre el funcionamiento de este servicio público.

Que es necesario desarrollar el artículo 25 de la Ley 1753 de 2015 en lo relativo a las medidas preventivas dentro de los procesos sancionatorios establecidos para los agentes de la cadena de distribución de combustibles líquidos y biocombustibles.

Que el artículo 26 de la citada Ley 1753 de 2015 modificó el artículo 67 del Decreto-ley 1056 de 1953, estableciendo que el Ministerio de Minas y Energía podrá imponer administrativamente multas entre dos mil (2.000) y cien mil (100.000) salarios mínimos legales mensuales vigentes por el incumplimiento de las obligaciones que se establecen en el Código de Petróleos.

Que de conformidad con lo señalado en los citados preceptos, resulta pertinente ajustar la Sección 4 "Sanciones" del Capítulo II del Título I del Libro 2 del Decreto 1073 de 2015, con el fin de que en los procesos de investigación y sanción por los presuntos incumplimientos de las obligaciones que regulan la distribución de combustibles líquidos y biocombusti-bles, y la exploración, explotación y prestación de servicios en el sector hidrocarburos, se adelanten conforme a las normas vigentes.

Que dando cumplimiento a lo establecido en el numeral 8 del artículo de la Ley 1437 de 2011, el presente proyecto fue publicado en la página web del...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR