Decreto número 1202 de 2021, por el cual se nombra un Notario en encargo en el Círculo Notarial de Bogotá, D. C - 4 de Octubre de 2021 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 876712768

Decreto número 1202 de 2021, por el cual se nombra un Notario en encargo en el Círculo Notarial de Bogotá, D. C

EmisorMinisterio de Justicia y del Derecho
Número de Boletín51817

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el artículo 5º del Decreto Ley 2163 de 1970 en concordancia con las disposiciones del artículo 2.2.6.1.5.3.6 del Decreto 1069 de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que el Gobierno mediante el Decreto número 5041 del 29 de diciembre de 2009, nombró en propiedad a la señora Lina María Rodríguez Martínez, identificada con la cédula de ciudadanía número 41.785.068 de Bogotá, en el cargo de Notaria Cuarta (4) del Círculo Notarial de Bogotá, D. C.

Que la Superintendente Delegada para el Notariado y Registro, por medio de la Resolución 5725 del 7 de mayo de 2019, sancionó a la señora Lina María Rodríguez Martínez, Notaria Cuarta (4) del Círculo Notarial de Bogotá, D. C., con suspensión por el término de treinta (30) días, contados a partir de la ejecutoria del fallo.

Que la anterior decisión fue apelada por la señora Lina María Rodríguez Martínez ante el Superintendente de Notariado y Registro, quien mediante la Resolución número 00469 del 22 de enero de 2020, decidió confirmar la sanción de suspensión por el término de treinta (30) días. Decisión que quedó en firme y debidamente ejecutoriada el 17 de febrero de 2020, según consta en la anotación consignada en la copia del edicto de notificación del 12 de febrero de 2020.

Que mediante la Resolución número 1461 del 27 de septiembre de 2021, expedida por el Ministerio de Justicia y del Derecho, se hizo efectiva la sanción disciplinaria impuesta por la Superintendencia de Notariado y Registro1 a la señora Lina María Rodríguez Martínez, identificada con la cédula de ciudadanía número 41.785.068 de Bogotá, en su condición de Notaria Cuarta (4) del Círculo Notarial de Bogotá, D. C., en propiedad, consistente en la suspensión en el ejercicio del cargo por el término de treinta (30) días.

Que de acuerdo con las disposiciones del artículo 2.2.6.1.5.6.12 del Decreto 1069 de 2015, [e]l notario se encuentra suspendido en el ejercicio de su cargo, cuando se le ha impuesto esta sanción mediante procedimiento disciplinario o en cumplimiento de providencia judicial.

Que por estrictas necesidades de continuidad del servicio público notarial procede nombrar un Notario en Encargo en la Notaría Cuarta (4) del Círculo Notarial de...

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