Decreto número 1243 de 2021, por el cual se modifica la Planta de Personal del Fondo Nacional de Garantías S. A. FNG - 8 de Octubre de 2021 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 876827605

Decreto número 1243 de 2021, por el cual se modifica la Planta de Personal del Fondo Nacional de Garantías S. A. FNG

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín51821

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política, los artículos 54 y 115 de la Ley 489 de 1998 y,

CONSIDERANDO:

Que la Junta Directiva del Fondo Nacional de Garantías S. A. (FNG), en sesión del 26 de marzo de 2021, tal y como consta en el acta de la sesión número 513, decidió someter a aprobación del Gobierno nacional la modificación de su planta de personal.

Que el Fondo Nacional de Garantías S. A. (FNG) presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública la justificación técnica de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo 228 del Decreto-ley 019 de 2012, y los artículos 2.2.12.1, 2.2.12.2 y 2.2.12.3 del Decreto número 1083 de 2015, para efectos de modificar su estructura y planta de personal, encontrándola ajustada técnicamente y emitiendo, en consecuencia, concepto técnico favorable.

Que la modificación de la estructura del Fondo Nacional de Garantías S. A. (FNG) cumple con el numeral 1.1. de la Directiva Presidencial 09 de 9 de noviembre de 2018 "Directrices de Austeridad", el cual dispone: "Las plantas de personal y las estructuras administrativas de las entidades de la rama ejecutiva del orden nacional, solamente se podrán modificar cuando dicha reforma sea a costo cero o se generen ahorros en los gastos de funcionamiento de la entidad".

Que el artículo 240 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero establece que el Fondo Nacional de Garantías S. A. (FNG) es una sociedad anónima de carácter mercantil y de economía mixta del orden nacional, cuya creación fue autorizada mediante el Decreto número 3788 del 29 de diciembre de 1981 y vinculada al Ministerio de Hacienda y Crédito Público. El Fondo Nacional de Garantías S. A. se someterá a la supervisión de la Superintendencia Financiera y a las reglas prudenciales sobre margen de solvencia, patrimonio técnico, constitución de reservas técnicas y demás normas que determine el Gobierno nacional.

Que el Estado posee más del 90% del capital social del Fondo Nacional de Garantías, por lo cual de acuerdo con el parágrafo 1º del artículo 38 de la Ley 489 de 1998; le aplica el régimen de las empresas industriales y comerciales del estado.

Que de conformidad con lo establecido en el artículo 3º del Estatuto Orgánico del Presupuesto...

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