Decreto número 1365 de 2022, por el cual se hace una reubicación en la planta de personal del Ministerio de Relaciones Exteriores - 27 de Julio de 2022 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 908453508

Decreto número 1365 de 2022, por el cual se hace una reubicación en la planta de personal del Ministerio de Relaciones Exteriores

EmisorMinisterio de Relaciones Exteriores
Número de Boletín52108

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren el numeral 2 del artículo 189 de la Constitución Política, el artículo 2.2.5.4.6 del Decreto 1083 de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que, por necesidades del servicio, se reubica un Primer Secretario de Relaciones Exteriores, código 2112, grado 19, de la planta global del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Que, en mérito de lo expuesto,

DECRETA:

Artículo 1º Reubicación.

Reubicar a la señora Esther Camargo Camargo, identificada con cédula de ciudadanía número 45532889, quien se desempeña como Primer Secretario de Relaciones Exteriores, código 2112, grado 19, de la planta global del Ministerio de Relaciones Exteriores, adscrito a la Embajada de Colombia ante el Gobierno de la República del Ecuador; al Consulado General de Colombia en Quito, República del Ecuador.

Parágrafo 1º. La señora Esther Camargo Camargo es funcionaria inscrita en el escalafón de la Carrera Diplomática y Consular, en la categoría de Consejero.

Parágrafo 2º. Funciones Consulares. La señora Esther Camargo Camargo ejercerá las funciones de Cónsul de Primera en el Consulado General de Colombia en Quito, República del Ecuador.

Artículo 2º Erogaciones.

Beneficios Especiales. De acuerdo con el artículo 62 del Decreto ley 274 de 2000, la señora Esther Camargo Camargo no tendrá derecho a los beneficios especiales previstos en dicha norma, por cuanto no requiere desplazarse a otro país o a otra ciudad dentro del país donde se encuentra, ya que actualmente reside en la ciudad de Quito, República del Ecuador.

Artículo 3º Comunicación.

Corresponderá a la Dirección de Talento Humano del Ministerio de Relaciones Exteriores la comunicación del presente decreto en los términos que establezca la norma.

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