Decreto número 1419 de 2021, por el cual se designa Alcalde ad hoc del municipio de Aguazul, departamento del Casanare - 5 de Noviembre de 2021 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 878010029

Decreto número 1419 de 2021, por el cual se designa Alcalde ad hoc del municipio de Aguazul, departamento del Casanare

EmisorMinisterio del Interior
Número de Boletín51849

El Ministro del Interior de la República de Colombia, delegatario de funciones presidenciales mediante Decreto número 1385 de 28 de octubre de 2021, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en particular las conferidas por el artículo 189 de la Constitución Política, en su condición de suprema autoridad administrativa y en el artículo 66 de la Ley 4a de 1913, y

CONSIDERANDO:

Que mediante escrito 100.21.06-4294 de 14 de julio de 2021, la señora Martha Johana Moreno Fonseca, alcaldesa del municipio de Aguazul, departamento del Casanare, manifestó su impedimento ante la Procuraduría Regional del Casanare, para "realizar los trámites relacionados con la vigilancia y control que le corresponde al municipio en el cumplimiento de las medidas de bioseguridad en la recolección de firmas en los formularios que se dispongan para el efecto, en relación con la iniciativa de revocatoria del mandato que actualmente está en trámite" en su contra, así como para "todos los asuntos en que deba hacerse parte el municipio de Aguazul Casanare, relacionados con el mencionado trámite", razón por el cual, invocó la causal de impedimento prevista en el numeral 1 del artículo 11 de la Ley 1437 de. 2011.

Que mediante auto de 29 de julio de 2021, proferido dentro del proceso con radicación E-20.21-376390, el Procurador Regional del Casanare, aceptó el impedimento manifestado por la señora Martha Johana Moreno Fonseca, alcaldesa municipal de Aguazul, Casanare, para "adelantar el seguimiento y control del cumplimiento de los protocolos

de bioseguridad, respecto a la entrega de formularios y recolección de apoyos ciudadanos dentro de la revocatoria de mandato promovida en su contra, así como de cualquier otro trámite o actuación que tenga relación con la referida iniciativa", encontrando configurada la causal de impedimento invocada y, consecuentemente, solicitó la designación de un funcionario ad hoc.

Que en virtud del concepto emitido por el Departamento Administrativo de la Función Pública, número 20166000265301 del 23 de diciembre de 2016, mediante el cual precisó que "(...) será de competencia del Presidente de la República decidir si designa un empleado del orden nacional o territorial, pudiendo designar a un funcionario de carrera administrativa o de libre nombramiento y remoción que, en todo caso, se...

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