Decreto número 1435 de 2021, por el cual se designa alcaldesa ad hoc del municipio de Calarcá, departamento del Quindío - 9 de Noviembre de 2021 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 878316594

Decreto número 1435 de 2021, por el cual se designa alcaldesa ad hoc del municipio de Calarcá, departamento del Quindío

EmisorMinisterio del Interior
Número de Boletín51853

El Ministro del Interior de la República de Colombia, Delegatario de Funciones Presidenciales Mediante Decreto 1385 del 28 de octubre de 2021, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en particular las conferidas por el artículo 189 de la Constitución Política, en su condición de suprema autoridad administrativa y en el artículo 66 de la Ley 4a de 1913, y

CONSIDERANDO:

Que mediante oficio de 12 de julio de 2021, los señores Luis Alberto Balsero Contreras, alcalde del municipio de Calarcá, departamento del Quindío y Laura Estefanía Arenas Arias, secretaria de Servicios Sociales y Salud del mismo ente territorial, manifestaron ante la Procuraduría Regional del Quindío, su impedimento para ejercer cualquier actividad de control y vigilancia relacionada con los protocolos de bioseguridad a tener en cuenta en el ejercicio de recolección de apoyos por parte del comité promotor de la iniciativa de revocatoria del mandato que cursa en contra del alcalde del referido municipio, invocando la causal de impedimento prevista en el numeral 1 del artículo 1.1 de la Ley 1437 del 2011.

Que mediante auto de 13 de julio de 2021, proferido dentro del proceso con radicación IUS E-2021-367088, el Procurador Regional del Quindío, se abstuvo de emitir un pronunciamiento de fondo respecto del impedimento manifestado por la señora Laura Estefanía Arenas Arias, secretaria de Servicios Sociales y Salud del municipio de Calarcá, Quindío y, lo aceptó, respecto del señor Luis Alberto Balsero Contreras, alcalde del mismo ente territorial, para "ejercer la coordinación y control general sobre la secretaría de servicios sociales y Salud, en desarrollo de la vigilancia al cumplimiento de los protocolos de bioseguridad en el proceso de recolección de firmas para la revocatoria del mandato del Alcalde Municipal de Calarcá", encontrando configurada la causal de impedimento invocada y, consecuentemente, solicitó la designación de un funcionario ad hoc.

Que en virtud del concepto emitido por el Departamento Administrativo de la Función Pública, número 20166000265301 del 23 de diciembre de 2016, mediante el cual precisó que "(...) será de competencia del Presidente de la República decidir si designa un empleado del orden nacional o territorial, pudiendo designar a un funcionario de carrera administrativa o de libre...

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