Decreto número 1436 de 2021, por el cual se designa alcalde ad hoc del municipio de Chaparral, departamento del Tolima - 9 de Noviembre de 2021 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 878316595

Decreto número 1436 de 2021, por el cual se designa alcalde ad hoc del municipio de Chaparral, departamento del Tolima

EmisorMinisterio del Interior
Número de Boletín51853

El Ministro del Interior de la República de Colombia, Delegatario de Funciones Presidenciales Mediante Decreto 1385 del 28 de octubre de 2021, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en particular las conferidas por el artículo 189 de la Constitución Política, en su condición de suprema autoridad administrativa y en el artículo 66 de la Ley 4a de 1913, y

CONSIDERANDO:

Que mediante oficio 01-100-DA-002014-S-2021 del 2 de jumo de 2021, dirigido a la Procuraduría Provincial de Chaparral, el señor Hugo Fernando Arce Hernández, alcalde del municipio de Chaparral, departamento del Tolima, manifestó su impedimento para designar apoderado que represente los intereses del municipio dentro del proceso penal que cursa en el Juzgado Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Chaparral bajo radicado 73 001 60 08782 2016 00070, invocando los artículos 36 y 40 de la Ley 734 de 2002 y la Ley 1437 de 2011.

Que mediante auto del 21 de junio de 2021, proferido dentro del proceso con radicación IUC-D-2021-1921351 (IUS E 2020-524793), la Procuradora Regional del Tolima (e), aceptó el impedimento manifestado por el señor Hugo Fernando Arce Hernández, alcalde municipal de Chaparral, Tolima, para "otorgar poder a un abogado que represente al municipio de Chaparral, de cara a la intervención en el proceso penal, para el reconocimiento de la condición de víctima del ente territorial y el ejercicio de las prerrogativas que ello conlleva; y (ii) que (sic) en la actuación penal con radicación número 730016008782201600070 que cursa ante el Juzgado Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Chaparral", encontrando configurada la causal de impedimento prevista en el numeral 1 del artículo 11 de la Ley 1437 de 2011 y, consecuentemente, solicitó la designación de un funcionario ad hoc.

Que en virtud del concepto emitido por el Departamento Administrativo de la Función Pública, número 20166000265301 del 23 de diciembre de 2016, mediante el cual precisó que "(...) será de competencia del Presidente de la República decidir si designa un empleado del orden nacional o territorial, pudiendo designar a un funcionario de carrera administrativa o de libre nombramiento y remoción que, en todo caso, se encuentre habilitado para realizar la actuación administrativa para la cual se nombra con carácter...

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