Decreto número 1535 de 2017, por medio del cual se adiciona la Parte 5, Título 1 al Libro 2 del Decreto 1081 de 2015, Único Reglamentario de la Presidencia de la República, en la cual se reglamenta la recepción, administración y los mecanismos y términos para permitir la transferencia de los bienes al patrimonio autónomo de acuerdo con lo establecido en el Decreto Ley 903 de 2017y el Decreto 1407 de 2017 - 15 de Septiembre de 2017 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 693434865

Decreto número 1535 de 2017, por medio del cual se adiciona la Parte 5, Título 1 al Libro 2 del Decreto 1081 de 2015, Único Reglamentario de la Presidencia de la República, en la cual se reglamenta la recepción, administración y los mecanismos y términos para permitir la transferencia de los bienes al patrimonio autónomo de acuerdo con lo establecido en el Decreto Ley 903 de 2017y el Decreto 1407 de 2017

EmisorDepartamentos Administrativos - Departamento Administrativo de la Presidencia de la República
Número de Boletín50357

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades conferidas en el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y el Decreto Ley 903 de 2017, y

CONSIDERANDO:

Que en cumplimiento del Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera en su Punto 5.1.3.7 y del Decreto Ley 903 de 2017, las FARC-EP entregaron el inventario definitivo de todo tipo de bienes en su poder; y que con los referidos bienes de las FARC-EP se procederá a la reparación material de las víctimas del conflicto armado, en el marco de las medidas de reparación integral;

Que el Decreto Ley 903 de 2017 dispuso en su artículo 3º la creación de un Patrimonio Autónomo que constituirá el Fondo de Víctimas, así mismo, autorizó al Gobierno nacional determinar la entidad que administrará el patrimonio autónomo, y las facultades para reglamentar el mecanismo y los términos de transferencia de los bienes referidos al patrimonio autónomo;

Que el Decreto 1407 de 2017 designó como administrador del patrimonio autónomo a la Sociedad de Activos Especiales (SAE) S.A.S., y creó la Comisión Transitoria de Verificación de Bienes y Apoyo al Administrador del Patrimonio Autónomo con la finalidad de asegurar el apoyo técnico, administrativo y financiero al administrador de dicho patrimonio;

Que el fin exclusivo de los bienes incluidos en el patrimonio autónomo es, de conformidad con el Acuerdo Final, el de reparar a las víctimas del conflicto armado, propósito para cuyo cumplimiento es necesario que el Gobierno nacional adopte todas las medidas necesarias para la preservación de la integridad y conservación de dichos bienes, lo que puede incluir su administración, comercialización y chatarrización;

Que se hace necesario reglamentar los mecanismos de administración transitorios y previos a la constitución del patrimonio autónomo que permitan a la Sociedad de Activos Especiales (SAE) S.A.S. la recepción material, verificación, custodia y administración de los bienes incluidos en el inventario previsto en el Decreto Ley 903 de 2017; así como las facultades de administración del patrimonio autónomo;

Que el Fondo para la Rehabilitación, Inversión social y Lucha Contra el Crimen Organizado (Frisco), administrado por la Sociedad de Activos Especiales (SAE) S.A.S., tiene entre sus objetivos la atención y reparación a víctimas de actividades ilícitas de acuerdo con las políticas trazadas por el Consejo Nacional de Estupefacientes; y que como consecuencia de lo anterior, en armonía con el citado objetivo, se requiere habilitar la disposición de dicho Fondo para cumplir las funciones descritas en el presente decreto;

Que, en mérito de lo expuesto,

DECRETA:

Artículo 1º

Incluir una Parte 5 en el Libro 2 del Decreto 1081 de 2015 denominada "Bienes incluidos en el inventario previsto en el Decreto Ley 903 de 2017", un Título 1 "Recepción, administración, mecanismos y términos para permitir la transferencia de los bienes al patrimonio autónomo de acuerdo con lo establecido en el Decreto Ley 903 de 2017y el Decreto 1407 de 2017". Los artículos que conformarán este Título 1 son los siguientes:

Artículo 2.5.1.1. Objeto. El presente decreto tiene como objeto reglamentar en conjunto con el Decreto 1407 de 2017 los mecanismos de administración que permitan a la Sociedad de Activos Especiales (SAE) S.A.S. la gestión de los bienes incluidos en el inventario previsto en el Decreto Ley 903 de 2017, que hayan...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR