Decreto número 1777 de 2021, por el cual se autoriza el reconocimiento en dinero de días compensatorios para la presente vigencia fiscal - 20 de Diciembre de 2021 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 879406220

Decreto número 1777 de 2021, por el cual se autoriza el reconocimiento en dinero de días compensatorios para la presente vigencia fiscal

EmisorDepartamentos Administrativos - Departamento Administrativo de la Función Pública
Número de Boletín51894

El Presidente de la República de Colombia, en desarrollo de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial de las previstas en la Ley 4a de 1992, y

DECRETA:

Artículo 1º Pago de compensatorios en dinero.

Las entidades públicas podrán reconocer y pagar en dinero los días compensatorios que se hubieren causado hasta la fecha de publicación del presente decreto, a favor de cada empleado público, siempre que exista disponibilidad presupuestal y no se afecten los recursos para el pago de horas extras que se vayan a causar en el resto de la presente vigencia.

Artículo 2º Vigencia y derogatoria.

El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación, deroga el Decreto 1689 de 2020 y demás disposiciones que le sean contrarias.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 20 de diciembre de 2021.

IVÁN DUQUE MÁRQUEZ.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

José Manuel Restrepo Abondano.

El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,

Nerio José Alvis...

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