Decreto número 2154 de 2017, por el cual se sustituye el Capítulo 5 del Título 1, de la Parte 3, del Libro 2, del Decreto 1066 de 2015, para establecer el número de curules del Senado de la República.
Emisor | Ministerio del Interior |
Número de Boletín | 50453 |
El Presidente de la República, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 211 del Decreto-ley número 2241 de 1986, y
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con lo establecido el artículo 171 de la Constitución Política, el Senado de la República estará integrado por cien (100) miembros elegidos en circunscripción nacional, y establece un número adicional de dos (2) Senadores elegidos en circunscripción nacional especial por comunidades indígenas.
Que el artículo 1 del Acto Legislativo 2 de 2015, adicionó los incisos 4, 5 y 6 al artículo 112 de la Constitución Política, para establecer, entre otros, que el candidato que le siga en votos a quien la autoridad electoral declare elegido en el cargo de Presidente de la República tendrá derecho personal a ocupar una curul en el Senado, durante el período de la correspondiente corporación, cuya curul es adicional a la establecida en el artículo 171.
Que el artículo 1º del Acto Legislativo 3 de 2017, incorporó a la Constitución Política el artículo 2º transitorio, para adicionar cinco (5) curules a la circunscripción nacional ordinaria del Senado de la República al partido o movimiento político que surja del tránsito de las FARC - EP a la vida política legal con personería jurídica en lista propia o en coalición, durante los períodos 2018-2022 y 2022- 2026.
Que en cumplimiento de lo establecido en el artículo 211 del Código Electoral, se hace necesario publicar el número de Senadores que se elegirán para el periodo constitucional
2018-2022.
Que en el Capítulo 5 del Título 1 Asuntos Electorales, de la Parte 3 Democracia y Participación, del Libro 2 del Decreto número 1066 de 2015, Único Reglamentario del Sector Administrativo del Interior, regula la fijación del número de Senadores que se eligieron para el periodo 2014 - 2018, razón por la cual se hace necesario sustituir el mismo para fijar el número de curules en el Senado de la República a partir del periodo constitucional 2018-2022.
En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Sustituir el Capítulo 5, del Título 1, de la Parte 3, del Libro 2 del Decreto 1066 de 2015, Único Reglamentario del Sector Administrativo del Interior, el cual quedará así:
"CAPÍTULO 5
NÚMERO DE SENADORES POR CIRCUNSCRIPCIÓN NACIONAL
Artículo 2.3.1.5.1. Curules de...
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