Decreto número 223 de 2015, por el cual se hace un nombramiento en interinidad en el Círculo Notarial de Itagüí, Antioquia - 11 de Febrero de 2015 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 556965942

Decreto número 223 de 2015, por el cual se hace un nombramiento en interinidad en el Círculo Notarial de Itagüí, Antioquia

EmisorMinisterio de Justicia y del Derecho
Número de Boletín49422

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las que le confieren el artículo 131 de la Constitución Política, los artículos 145, 148 y 161 del Decreto-ley 969 de 1970, de la Ley 588 de 2000 el artículo 5º del Decreto 2163 de 1970; 66, 71 y 74 del Decreto Reglamentario 2148 de 1983, y

CONSIDERANDO:

Que con el Decreto 2629 del 17 de diciembre de 2014, la doctora Martha Flórez Morales, fue retirada del servicio notarial en cumplimiento del Decreto 3047 de 1989 que establece como edad de retiro forzoso para los notarios, la de 65 años.

Que mediante el Decreto 2054 de 16 de octubre de 2014, se reglamentó el derecho de preferencia consagrado en el numeral 3 del artículo 178 del Decreto-ley 960 de 1970 y en su artículo 4º se establecieron como causales de vacancia, las siguientes "1. Muerte. 2. Renuncia aceptada. 3. Destitución del cargo. 4. Retiro forzoso por cumplir la edad de 65 años. 5. Declaratoria de abandono del cargo. 6. Ejercicio de cargo público no autorizado por la ley. ".

Que mediante el Acuerdo 003 de 28 de noviembre de 2014 el Consejo Superior estableció el procedimiento operativo para implementar el derecho de preferencia.

Que mediante certificación del 9 de enero de 2015, el Secretario Técnico del Consejo Superior de la Carrera Notarial informó "que adelantado el trámite contenido en el Acuerdo 003 de 2014, no se presentaron solicitudes por los señores notarios de carrera para proveer la vacante de la Notaría Segunda del circulo de Itagüí, Antioquia", y que en consecuencia, dicha notaria "no será provista en ejercicio del Derecho de Preferencia".

Que de acuerdo con lo estipulado en el artículo 148 del Decreto-ley 960 de 1970 en concordancia con el 2º de la Ley 588 de 2000, en caso de producirse una vacante, y no existiendo lista de elegibles vigente, el nominador puede designar notarios en interinidad, mientras el organismo competente realiza el respectivo concurso.

Que mediante documento del 16 de enero de 2014 y para los fines señalados en el artículo 1 del Decreto 2874 de 1994, la Superintendencia de Notariado y Registro emitió concepto previo sobre la viabilidad de efectuar la designación en interinidad en la Notaría Segunda (2) del Círculo de Itagüí, Antioquia, "... debido al retiro de su titular por cumplimiento dé edad de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR