Decreto número 2562 de 2014, por el cual se reglamenta el artículo 46 de la Ley 1438 de 2011 en cuanto a los recursos correspondientes a la vigencia 2012 - 12 de Diciembre de 2014 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 549019374

Decreto número 2562 de 2014, por el cual se reglamenta el artículo 46 de la Ley 1438 de 2011 en cuanto a los recursos correspondientes a la vigencia 2012

EmisorMinisterio de Salud y Protección Social
Número de Boletín49363

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial, las conferidas por el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y del artículo 46 de la Ley 1438 de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley 1438 de 2011 reformó el Sistema General de Seguridad Social en Salud y en su artículo 46 dispuso: "Sin perjuicio de los recursos de que trata el artículo 217 de la Ley 100 de 1993, se destinará un cuarto (%) de punto porcentual de la contribución parafiscal, establecida en la Ley 21 de 1982 en los artículos 11, numeral 1, y 12, numeral 1, a favor de las Cajas de Compensación Familiar, a atender acciones de promoción y prevención dentro del marco de la estrategia de Atención Primaria en Salud y/o en la unificación de los Planes de Beneficios, de forma concertada entre el Gobierno Nacional y las Cajas de Compensación Familiar, conforme al reglamento.

(...)

Parágrafo 2º. Los recursos del cuarto de punto porcentual (%) de la contribución parafiscal que trata el presente artículo serán administrados directamente por las Cajas de Compensación Familiar y harán parte de las deducciones previstas en el parágrafo del artículo 217258 la Ley 100 de 1993";

Que el referido artículo 46 se reglamentó mediante el Decreto número 2687 de 2012 y posteriormente este decreto fue demandado por las Cajas de Compensación Familiar (CCF) en razón a que no había habido concertación en su proceso de elaboración y los recursos no eran administrados en ningún caso por las Cajas. El Consejo de Estado en fallo del 7 de abril de 2014 anuló el referido decreto aceptando los dos cargos presentados por las Cajas de Compensación Familiar (CCF);

Que en razón a la decisión judicial era necesario dar certeza sobre las condiciones de la destinación de los recursos de las Cajas de Compensación Familiar (CCF) para la vigencia 2012, por lo que el Gobierno Nacional representado por los Ministerios de Salud y Protección Social y del Trabajo, y las Cajas de Compensación Familiar (CCF) representadas por los gremios que las agrupan según poderes conferidos expresamente para el efecto, concertaron las disposiciones contenidas en el presente decreto de conformidad con el ya citado artículo 46 de la Ley 1438 de 2011,

DECRETA:

Artículo 1º Objeto.

El presente decreto tiene por objeto reglamentar la destinación de los recursos de que trata el artículo 46 de la Ley 1438 de 2011 correspondiente a la vigencia 2012.

Artículo 2º Ámbito de aplicación

El presente decreto está dirigido a las Cajas de Compensación Familiar (CCF) y a los entes territoriales en los cuales se pretenda ejecutar los recursos.

Artículo 3º Destinación de los recursos.

Los recursos de que trata el artículo 46 de la Ley 1438 de 2011 correspondientes al recaudo efectivo de la vigencia 2012 se destinarán así:

  1. El cincuenta por ciento (50%) a la financiación de...

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