Decreto número 348 de 2017, por el cual se adiciona el Decreto número 1073 de 2015, en lo que respecta al establecimiento de los lineamientos de política pública en materia de gestión eficiente de la energía y entrega de excedentes de autogeneración a pequeña escala
Emisor | Ministerio de Minas y Energía |
Número de Boletín | 50162 |
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y el literal a) del numeral 1 del artículo 6º y el artículo 7º de la Ley 1715 de 2014,
CONSIDERANDO:
Que el artículo 365 de la Constitución Política de Colombia señala que los servicios públicos son inherentes a la finalidad social del Estado y es su deber asegurar su prestación eficiente a todos los habitantes del territorio nacional.
Que de conformidad con lo previsto en los artículos 1º, 2º y 3º de la Ley 142 de 1994, la prestación del servicio público domiciliario de energía eléctrica y sus actividades complementarias constituyen servicios públicos esenciales y el Estado intervendrá en los mismos a fin de, entre otros, garantizar la calidad del bien y su prestación continua, ininterrumpida y eficiente.
Que la Ley 1715 de 2014 dispone que se debe promover la generación de energía eléctrica con Fuentes No Convencionales de Energía (FNCE), así como su gestión eficiente mediante la expedición de parámetros de política energética, regulación técnica y económica, lo mismo que, fijar los lineamientos en materia de entrega de excedentes de autogeneración a pequeña escala en el Sistema Interconectado Nacional, entre otros aspectos.
Que la entrega al Sistema de los excedentes de autogeneración tiene como finalidad ampliar la capacidad de respaldo de generación de energía, de modo que se pueda garantizar la atención de la demanda incluso en periodos de escasez hídrica.
Que en cumplimiento de lo ordenado en el numeral 8 del artículo 8º del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo", el Ministerio de Minas y Energía publicó en su página web el presente proyecto de decreto, con el objeto de recibir opiniones, sugerencias o propuestas alternativas del público en general, las cuales fueron incorporadas en lo que se consideró pertinente.
Que por lo anterior,
DECRETA:
"SECCIÓN 4A
LINEAMIENTOS DE POLÍTICA ENERGÉTICA EN MATERIA DE GESTIÓN EFICIENTE DE LA ENERGÍA Y ENTREGA DE EXCEDENTES DEAUTOGENERACIÓN A PEQUEÑA ESCALA
Artículo 2.2.3.2.4.5. ...
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