Decreto número 353 de 2016, por el cual se modifica parcialmente el Decreto 2555 de 2010, en lo relacionado con la emisión y colocación de bonos hipotecarios para la financiación de vivienda a largo plazo - 1 de Marzo de 2016 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 606974618

Decreto número 353 de 2016, por el cual se modifica parcialmente el Decreto 2555 de 2010, en lo relacionado con la emisión y colocación de bonos hipotecarios para la financiación de vivienda a largo plazo

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín49802

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas en los numerales 11 y 25 del artículo 189 de la Constitución Política y el literal b) del artículo de la Ley 964 de 2005, y en concordancia con el artículo 9º de la Ley 546 de 1999, modificado parcialmente por el artículo 48 de la Ley 1753 de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 9º de la Ley 546 de 1999 autorizaba a los establecimientos de crédito la emisión de bonos hipotecarios denominados en UVR, con el fin de facilitar el fondeo y emisión de créditos hipotecarios.

Que la Ley 1753 de 2015, por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 20142018 "Todos por un Nuevo País", en el artículo 48 modificó el inciso primero del artículo 9º de la Ley 546 de 1999, en el sentido de autorizar a los establecimientos de crédito la emisión de bonos hipotecarios sin distinción en su denominación.

Que de acuerdo a lo anterior, en desarrollo de dicho mandato legal y con el fin de dar homogeneidad al tratamiento de las emisiones y colocaciones de los bonos hipotecarios denominados en pesos y en UVR, se hace necesario modificar la regulación actual sobre la materia.

Que el Consejo Directivo de la Unidad Administrativa Especial Unidad de Proyección Normativa y Estudios de Regulación Financiera-URF, aprobó por unanimidad el contenido del presente decreto, mediante Acta número 015 del 30 de noviembre de 2015.

Que en mérito de lo expuesto,

DECRETA:

Artículo 1º Modifíquese el segundo inciso del artículo 6.5.1.1.1 del Decreto 2555 de 2010, el cual quedará así:

"Los bonos hipotecarios son títulos valores de contenido crediticio, que estarán respaldados por créditos hipotecarios otorgados bajo cualquiera de los sistemas de amortización en UVR o en pesos aprobados por la Superintendencia Financiera de Colombia".

Artículo 2º Modifíquese el artículo 6.5.1.2.1 del Decreto 2555 de 2010, el cual quedará así:

"Artículo 6.5.1.2.1. Del monto de emisión. El monto de la emisión de bonos hipotecarios deberá estar expresado en unidades de valor real UVR y/o en pesos. Se entiende por UVR lo establecido en el artículo 3º de la Ley 546 de 1999".

Artículo 3º Modifíquese el artículo 6.5.1.2.4 del Decreto 2555 de 2010, el cual quedará así:
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