Decreto número 845 de 2020, por el cual se corrigen unos yerros en la Ley 2008 de 2019, en el decreto 2411 de 30 de diciembre de 2019 y en su anexo
Emisor | Ministerio de Hacienda y Crédito Público |
Número de Boletín | 51344 |
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades legales, en especial las que le confieren los artículos 45 de la Ley 4a de 1913 y 45 de la Ley 1437 de 2011, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley 2008 de 2019 "Por la cual se decreta el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal del 1º de enero al 31 de diciembre de 2020", en su artículo 129, dispuso que "El Ministerio de Minas y Energía destinará veinte mil millones de pesos ($20.000.000.000) para promover y cofinanciar proyectos dirigidos a la prestación del servicio público de gas combustible a través del desarrollo de infraestructura del Gas Licuado de Petróleo (GLP) por red a nivel nacional, y masificar su uso en el sector rural y en los estratos bajos urbanos, con cargo a los recursos dispuestos en la presente vigencia para el proyecto 2101-1900-5 "Distribución de Recursos al Consumo en Cilindros y Proyectos de Infraestructura de GLP Nacional", el cual tendrá una apropiación total de setenta mil millones de pesos ($70.000.000.000). (...). "
Que el artículo 132 del Decreto 2411 de 2019 "Por el cual se liquida el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2020, se detallan las apropiaciones y se clasifican y definen los gastos", señaló que "El Ministerio de Minas y Energía destinará veinte mil millones de pesos ($20.000.000.000) para promover y cofinanciar proyectos dirigidos a la prestación del servicio público de gas combustible a través del desarrollo de infraestructura del Gas Licuado de Petróleo (GLP) por red a nivel nacional y masificar su uso en el sector rural y en los estratos bajos urbanos, con cargo a los recursos dispuestos en la presente vigencia para el proyecto 2101-1900-5 "Distribución de Recursos al Consumo en Cilindros y Proyectos de Infraestructura de GLP Nacional", el cual tendrá una apropiación total de setenta mil millones de pesos ($70.000.000.000). (...)."
Que en el anexo del Decreto 2411 de 2019, se encuentra la lista específica de los gastos aprobados con su respectiva codificación, y en página 133 se observa el concepto "DISTRIBUCIÓN DE RECURSOS AL CONSUMO EN CILINDROS Y PROYECTOS DE INFRAESTRUCTURA DE GLP NACIONAL" con una apropiación de SETENTA MIL MILLONES DE PESOS MONEDA CORRIENTE $ 70.000.000.000 en el código "2101-1900-5", como se puede ver a continuación:
Que se advierte la existencia de un yerro en el artículo 129 de la Ley 2008 y en el artículo 132 del Decreto 2411, así como en su anexo, toda vez que el número asignado al proyecto denominado "Distribución de Recursos al Consumo en Cilindros y Proyectos de Infraestructura de GLP Nacional" debe ser el 2101-1900-10 y no el 2101-1900-5.
Que en el texto definitivo aprobado en sesión plenaria del honorable Senado de la República al Proyecto de ley número 077 de 2019 Cámara y 59 Senado, "por la cual se decreta el Presupuesto de Rentas y...
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