Decreto número 0285 de 2013, por el cual se modifica el Decreto número 1722 de 2002
Emisor | Ministerio del Interior |
Número de Boletín | 48717 |
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales, legales y reglamentarias, en especial las conferidas por los artículos 189 numeral 11 de la Constitución Política y artículo 45 de la Ley 489 de 1998, y
CONSIDERANDO:
Que los derechos humanos en su carácter sistemático presuponen que los derechos civiles y políticos como los económicos, sociales y culturales forman parte integrante de las estrategias y de las políticas de un Estado.
Que mediante el Decreto número 1722 de 2002 se creó la Comisión Intersectorial para la Promoción, Respeto y Garantía de los Derechos Humanos en el Departamento de Arauca, la cual tiene por objeto diseñar y aplicar medidas de prevención tendientes a evitar que se vulneren los Derechos Humanos e impulsar y hacer seguimiento a los casos de graves violaciones de tales derechos, buscando la reparación de los mismos y el establecimiento de la verdad.
Que es necesario mantener una instancia permanente de diálogo con la participación de representantes de las organizaciones sociales y de derechos humanos y así mismo, imple-mentar un mecanismo especial para el seguimiento y control de las medidas de protección otorgadas a los miembros de esas organizaciones; promoviendo el desarrollo eficiente y oportuno de las investigaciones penales y disciplinarias por hechos violatorios de los derechos humanos de los habitantes del departamento.
Que se hace necesario actualizar su conformación y competencias con la finalidad de dinamizar su funcionamiento y consolidar la Comisión como el mecanismo de interlocución entre las instituciones y las organizaciones sociales.
Que es prioritario fortalecer las relaciones entre los organismos del Estado y las organizaciones sociales en la definición y puesta en marcha de programas, acciones y mecanismos destinados a prevenir las violaciones de derechos humanos.
DECRETA:
"Artículo 2º. Conformación. La Comisión estará integrada por los siguientes miembros:
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El Ministro del Interior o su delegado, quien la presidirá.
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El Ministro de Defensa Nacional o su delegado.
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El Director de la Unidad Administrativa Especial para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas o su delegado.
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El Director de Derechos Humanos del Ministerio de...
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