DECRETO 499 RD 4320 - 13 de Noviembre de 2009 - Registro distrital - Legislación - VLEX 445775170

DECRETO 499 RD 4320

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 4320 13 NOVIEMBRE 2009
EmisorAlcaldia Mayor
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 43 • Número 4320 • pP. 1-2 • 2009 • NOVIEMBRE 13
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Recreación y el Deporte, en el marco de las compe-
tencias del Decreto Distrital 505 de 2006, “Por el cual
se adopta el Plan Director del Parque Zonal San José
de Bavaria - Calle 170”, la función de concurrir a ad-
ministrar, operar y efectuar el mantenimiento locativo
al Parque Zonal San José de Bavaria - Calle 170 y sus
equipamientos, en lo referente a los servicios y áreas
comunes, tales como vigilancia, aseo, parqueaderos
y cafetería, a partir de la entrega del mismo al Distrito
Capital por parte de la Asociación de Amigos de Bi-
blored - Bibloamigos .
ARTÍCULO 2°.- Asignar a la Secretaría de Educa-
ción del Distrito, a la Secretaría Distrital de Cultura,
Recreación y Deporte y al Instituto Distrital para la
Recreación y el Deporte, en el marco de las compe-
tencias del Decreto Distrital 505 de 2006, la función de
ejecutar todas las actividades preparatorias, técnicas,
operativas y contractuales que garanticen que una vez
terminado y entregado al Distrito Capital el Parque
Zonal San José de Bavaria - Calle 170, incluidos sus
equipamientos, por parte de la Asociación de Amigos
de Biblored – Bibloamigos, los mismos puedan entrar
en funcionamiento y operación.
ARTÍCULO 3°.- La Secretaría de Educación del Dis-
trito y la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y
Deporte establecerán de común acuerdo el modelo
de administración que deberá garantizar el correcto
funcionamiento y mantenimiento del Centro Cultural
del Parque Zonal San José de Bavaria-Calle 170.
ARTÍCULO 4°.- La Secretaría de Educación del Distrito
debe integrar la Biblioteca Pública del Centro Cultural
del Parque Zonal San José de Bavaria - Calle 170, al
programa de la Red Capital de Bibliotecas Públicas-
BibloRed-, o al programa que esté en vigencia en su
momento, una vez le haya sido entregada, y adelantar
todas las actividades preparatorias, técnicas, operati-
vas, presupuestales y contractuales que se requieran
para el efecto.
ARTÍCULO 5º.- La Secretaría Distrital de Cultura,
Recreación y Deporte debe coordinar con sus entida-
des adscritas y vinculadas, en el marco del Decreto
Distrital 558 de 2006, las actividades preparatorias,
técnicas, operativas y contractuales tendientes a
garantizar que una vez entregado al Distrito Capital
el Centro Cultural del Parque Zonal San José de
Bavaria - Calle 170 por parte de la Asociación de
Amigos de Biblored - Bibloamigos, el Teatro Mayor
y el Teatro Experimental de éste puedan entrar en
funcionamiento y operación.
ARTÍCULO 6°.- El presente Decreto rige a partir de
la fecha de su expedición y deroga las disposiciones
que le sean contrarias.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los doce (12) días del
mes de noviembre de dos mil nueve (2009).
SAMUEL MORENO ROJAS
Alcalde Mayor
CATALINA RAMÍREZ VALLEJO
Secretaria Distrital de Cultura, Recreación y Deporte
(Noviembre 12 de 2009)
“Por el cual se modican parcialmente los De-
cretos 545 de 2006 y 616 de 2007 que adoptaron
la estructura interna y funcional de la Secretaría
Distrital de Hacienda”.
EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTA D.C.,
En ejercicio de sus atribuciones legales, en es-
pecial las conferidas
por el numeral 6º del artículo 38 e inciso 2º del
artículo 55 del Decreto Ley 1421 de 1993, y
CONSIDERANDO:
Que según el inciso 2º del artículo 53 del Decreto Ley
1421 de 1993 el Alcalde Mayor como jefe de la Admi-
nistración Distrital, ejerce sus atribuciones por medio
de los organismos o entidades distritales.
Que el Alcalde Mayor, mediante Decreto 545 de 2006,
adoptó la estructura interna y funcional de la Secre-
taría Distrital de Hacienda y 616 de 2007, se modico
parcialmente.
Que mediante Resolución 2095 del 22 de diciembre
de 2008, la Superintendencia Financiera de Colombia
aceptó la inscripción de Bogotá Distrito Capital - Se-
cretaría Distrital de Hacienda en el Registro Nacional
de Agentes del Mercado de Valores -RNAMV. En con-
secuencia el Autorregulador del Mercado de Valores
de Colombia – AMV- con ocio 2008ER119304 del 24
de diciembre de 2008, admitió a esta entidad territorial
como miembro denitivo.
Que mediante la Carta Circular No. 21 de 2008 el
Autorregulador del Mercado de Valores de Colombia
– AMV-, en ejercicio de sus facultades legales, impar-
tió instrucciones para la elaboración de manuales y
procedimientos relativos a la actividad de intermedia-
ción de valores, dirigidas a todas las entidades con
calidad de miembro denitivo, los cuales deben estar

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