DECRETO 349 RD 4082 - 20 de Octubre de 2008 - Registro distrital - Legislación - VLEX 445789630

DECRETO 349 RD 4082

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 4082 20 OCTUBRE 2008
EmisorAlcaldia Mayor
3
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 43 • Número 4082 • pP. 1-3 • 2008 • OCTUBRE 20
ARTÍCULO 3º.- El presente Decreto rige a partir de la
fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Octubre 17 de 2008.
SAMUEL MORENO ROJAS
Alcalde Mayor de Bogotá D.C.
JUAN RICARDO ORTEGA LÓPEZ
Secretario Distrital de Hacienda
Decreto Número 349
(Octubre 17 de 2008)
“Por el cual se modi ca el Decreto 241 de 2008 y
se dictan otras disposiciones en la materia”.
EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C,
En ejercicio de sus facultades constitucionales y
legales, en especial las que le con eren los artí-
culos 35, 38 y 39 del Decreto Ley 1421 de 1993, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto 241 de 2008, el Gobierno Dis-
trital creó la Mención Cívica “Amor por Bogotá”, como
un estímulo para reconocer e incentivar el compromiso
social de las ciudadanas y ciudadanos con la Capital
de la República, con su desarrollo, el bienestar de sus
habitantes y que sirven de ejemplo para la comunidad
en general.
Que en el citado acto administrativo se dispuso que la
citada mención fuera entregada en ceremonia especial,
una vez al año, el día 6 de agosto, previo concepto de
la Orden Civil al Mérito Ciudad de Bogotá.
Que el Gobierno Distrital ha estimado necesario mo-
di car el Decreto 241 de 2008, con el propósito de
conceder dicha mención en fechas adicionales al día
6 de agosto, cuando am juicio de aquél sea necesario
promover el espíritu cívico; el ejemplo, la corresponsa-
bilidad y el compromiso ciudadano con el bienestar y
el desarrollo de la ciudad y de sus habitantes.
En mérito de lo expuesto.
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Modi car el artículo 2° del Decreto
Distrital 241 de 2008, el cual quedará así
“ARTÍCULO 2°. La Mención Cívica “Amor por
Bogotá” será entregada en ceremonia especial,
una vez al año, el día 6 de agosto, previo concepto
del Consejo de la Orden Civil al Mérito Ciudad de
Bogotá.
PARÁGRAFO: El Gobierno Distrital podrá conce-
der extraordinariamente la citada Mención Cívica
en fechas adicionales, cuando así lo estime nece-
sario para promover el espíritu cívico; el ejemplo,
la corresponsabilidad y el compromiso ciudadano
con el bienestar y el desarrollo de la ciudad y de
sus habitantes.”
ARTÍCULO 2.- El presente Decreto rige a partir de la
fecha de su publicación, y deroga las demás disposi-
ciones que le sean contrarias.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los diecisiete (17) días
del mes de octubre de dos mil ocho (2008).
SAMUEL MORENO ROJAS
Alcalde Mayor
CLARA EUGENIA LÓPEZ OBREGÓN
Secretaría Distrital de Gobierno
RESOLUCIONES DE 2008
SECRETARÍA DISTRITAL DE CULTURA, RECREACIÓN Y
DEPORTE
Resolución Número 374
(Septiembre 25 de 2008)
“Por medio de la cual se otorga una auto-
rización a Instituto Distrital del Patrimonio
Cultural”.
LA SECRETARIA DISTRITAL DE CULTURA, RE-
CREACIÓN Y DEPORTE,
en uso de las facultades legales que le han sido
conferidas, en especial las contempladas por el
Artículo 4º del Decreto Nacional 777 de 1992, en
el Acuerdo 257 de 2006, expedido por el Concejo
de Bogotá y los Decretos Distritales Nos. 558 de
2006 y 55 de 2007 y,
CONSIDERANDO:
Que el Inciso Segundo del Artículo 355 Constitucional,

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