DECRETO 077 RD 3505 - 15 de Marzo de 2006 - Registro distrital - Legislación - VLEX 448005830

DECRETO 077 RD 3505

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 3505 15 MARZO 2006
EmisorAlcaldia Mayor
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 40 • Número 3505 • pP. 1-76 • 2006 • marzO 15
76
Decreto Número 077
(Marzo 15 de 2006)
Por el cual se adopta el Plan Director del Parque
Zonal Tibabuyes.
EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ D. C.
En ejercicio de sus facultades legales, en espe-
cial de las que le confiere el numeral 4 del artícu-
lo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993 y el parágrafo
2 del artículo 252 del Decreto 190 de 2004 y
CONSIDERANDO:
I. Que el artículo 43 del Decreto Distrital 190 de 2004,
Por medio del cual se compilan las disposiciones con-
tenidas en los Decretos Distritales 619 de 2000 y 469
de 2003”, contempla entre otros instrumentos de
planeamiento urbanístico, los Planes Directores para
Parques.
II. Que el artículo 243 del Decreto Distrital 190 de 2004
establece que los parques distritales se clasifican en
parques de escala regional, metropolitana, zonal, ve-
cinal y de bolsillo. De igual manera, el parágrafo 2º de
este artículo dispone que la preservación, manejo, in-
tervención y uso de los parques de escala regional,
metropolitana y zonal serán determinados por los Pla-
nes Directores, los cuales deberán armonizarse y com-
plementarse con los Planes de Manejo Ambiental, en
los casos de formar parte de la Estructura Ecológica
Principal del Distrito.
III. Que en el artículo 244 del Decreto Distrital 190 de
2004 se relacionan los parques que conforman el Sis-
tema, entre los cuales se identifica el parque Tibabuyes
como de escala zonal, con el código PZ 48, el cual,
también se identifica en el plano número 16 (Sistema
de Espacio Público Construido) del Plan de Ordena-
miento Territorial de Bogotá D. C.
IV. Que el artículo 252 del Decreto Distrital 190 de 2004
determinó la obligatoriedad, lineamientos y contenido
de los Planes Directores para los parques de escala
regional, metropolitana y zonal, siendo el Instituto
Distrital para la Recreación y el Deporte (IDRD) la enti-
dad encargada de la formulación de los mismos.
V. Que el parágrafo 1 del artículo 252 del citado Decre-
to prescribe que el Instituto Distrital para la Recrea-
ción y el Deporte (IDRD) será la entidad encargada de
formular los Planes Directores de los parques de esca-
la regional, metropolitana y zonal.
VI. Que la Dirección General del IDRD solicitó ante el
DAPD, mediante el oficio de referencia 1-2004-27986
del 16 de septiembre de 2004, que se adoptara el Plan
Director del Parque Zonal Tibabuyes, para lo cual anexó
los planos y la memoria respectivos.
VII. Que el coordinador del Grupo de Infraestructura,
Transporte y Paisaje del Departamento Técnico Admi-
nistrativo del Medio Ambiente, mediante el oficio nú-
mero 2004EE7915 del 15 de abril de 2004, informó que
no se requieren licencias ambientales y aprobaciones
de planes de manejo ambiental para ciertos proyectos
(parques, entre otros), por lo que recomendó atender
las medidas de manejo contempladas en la guía IDU-
DAMA de Manejo Ambiental para proyectos de Infra-
estructura Urbana en el Distrito Capital. Lo anterior es
concordante con la normatividad actual sobre la mate-
ria, contenida en los artículos 7, 8, 9 y 20 del Decreto
Nacional 1220 de abril 21 de 2005.
VIII. Que el Departamento Administrativo de Planeación
Distrital adelantó la evaluación del proyecto de Plan
Director presentado por el IDRD, para el Parque Zonal
Tibabuyes, y concluyó que se ajusta a las normas con-
tenidas en el Decreto Distrital 190 de 2004.
DECRETA:
ARTÍCULO 1º. – ADOPCIÓN DEL PLAN DIRECTOR.
Adoptar el Plan Director del Parque Zonal Tibabuyes,
según lo establecido en el presente Decreto y en el pla-
no 1/2, a escala 1:300, suscrito por la Directora del DAPD
para la época de aprobación y por la entonces Directora
del IDRD, el cual forma parte integral del mismo.
ARTÍCULO 2º. - LOCALIZACIÓN, ÁREAS Y ELEMEN-
TOS. El Parque Zonal Tibabuyes se encuentra ubica-
do en la urbanización Tibabuyes Universal, en la Loca-
lidad 11 – Suba. Limita al Norte con la vía peatonal
Diagonal 139 A (V-9); al Sur con la Calle 139 (V-6); al
Oriente con la Transversal 119 con perfil especial y
calzada de 7,50 metros al costado occidental del Ca-
nal de aguas lluvias; al Occidente, con la Carrera 124
(V-6).
El área de cesión que conforma el Parque Tibabuyes
es de propiedad del Distrito Capital, y se compone, por
una parte, del área de cesión destinada a servicios
comunales, identificada en el plano de la Urbanización
Tibabuyes como Zona Verde A de la manzana SM-I y,
por otra parte, de una de las zonas verdes de la man-
zana SM-4, de acuerdo con la certificación número DEP
2001EE18722 SD 5963 del 28 de diciembre de 2001
expedida por el Departamento Administrativo de la
Defensoría del Espacio Público.
El Parque se incorpora en la plancha IGAC E-38, a
escala 1: 2.000, y en el Plano Urbanístico S417/4-1
aprobado mediante la Resolución número 004 del 8 de
enero de 1986 y 105 del 25 de abril de 1985.

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