DECRETO 367 RD 5429 - 10 de Septiembre de 2014 - Registro distrital - Legislación - VLEX 538917670

DECRETO 367 RD 5429

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 5429 10 SEPTIEMBRE 2014
EmisorALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D. C.
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REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 48 • Número 5429 • pP. 1-1 • 2014 • SEPTIEMBRE 10
REGISTRO
DISTRITAL
AÑO 48
Número 5429
2014 SEPTIEMBRE 10
DECRETO DE 2014
ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D. C.
Decreto Número 367
(Septiembre 9 de 2014)
“Por el cual se actualiza el Manual General de
Requisitos para los empleos públicos corres-
pondientes a los Organismos pertenecientes al
Sector Central de la Administración Distrital de
Bogotá, D.C. y se dictan otras disposiciones”.
EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D. C.
En uso de sus facultades, en especial las confe-
ridas por los numerales 1, 3 y 9 del artículo 38,
artículo 39 del Decreto Ley 1421 de 1993, artículo
13 y 25 del Decreto Ley 785 de 2005 y,
CONSIDERANDO:
Que el Decreto Ley 785 de 2005, “Por el cual se esta-
blece el sistema de nomenclatura y clasicación y de
funciones y requisitos generales de los empleos de las
entidades territoriales que se regulan por las disposi-
ciones de la Ley 909 de 2004; señala en su artículo
2° que “se entiende por empleo el conjunto de funcio-
nes, tareas y responsabilidades que se asignan a una
persona y las competencias requeridas para llevarlas
a cabo, con el propósito de satisfacer el cumplimiento
de los planes de desarrollo y los nes del Estado. Las
competencias laborales, funciones y requisitos especí-
cos para su ejercicio serán jados por las autoridades
competentes para crearlos, con sujeción a lo previsto
en el presente decreto-ley y a los que establezca el
Gobierno Nacional, salvo para aquellos empleos cuyas
funciones y requisitos estén señalados en la Constitu-
ción Política o en leyes especiales”.
Que corresponde al Señor Alcalde Mayor establecer
las funciones y requisitos de los empleos de los or-
ganismos que pertenecen Sector Central de la Admi-
nistración Distrital conforme con Decreto Ley 1421 de
1993, artículo 38, numeral 9; “ Crear, suprimir o fusio-
nar los empleos de la administración central, señalarles
sus funciones especiales y determinar sus emolumen-
tos con arreglo a los acuerdos correspondientes. Con
base en esta facultad, no podrá crear obligaciones que
excedan el monto global jado para gastos de personal
en el presupuesto inicialmente aprobado”.
Que el Decreto Ley 785 de 2005, estableció en su
artículo 13, los requisitos de estudios y de experiencia
con sujeción a unos mínimos y máximos.
Que mediante los Decretos Distritales 040, 055, 268
y 269 de 2012, se ha regulado a nivel distrital el tema
por lo cual se hace necesario unicar en un solo acto
administrativo los requisitos de estudio y experiencia
de los empleos pertenecientes a los organismos del
Sector Central de la Administración Distrital, para un
mismo grado salarial con igual asignación básica.
Que el Decreto Distrital No 268 de 2012, “Por el cual
se establecen requisitos de estudio y experiencia
para los empleos de Secretario de Despacho, Direc-
tores de Departamento y Directores de las Unidades
Administrativas Especiales de la Administración del
Sector Central de Bogotá D.C.” , donde se unica los
requisitos de estudio y experiencia para estos empleos.
Que es necesario establecer requisitos de estudio y
experiencia de los empleos de Secretario de Despa-
cho, Código 020, y de los de Director de Departamento
Administrativo, Código 055 y Director Técnico, Código
009 de la Unidad Administrativa Especial Cuerpo O-
cial de Bomberos; cargos determinados por las normas
como de la Alta Dirección Territorial pertenecientes a
los organismos de la Administración del Sector Central
del D.C., con requisitos de estudio en áreas de cono-
cimiento, en sus campos, disciplinas o profesiones
esenciales, conforme con lo establecido por el Sistema
Nacional de Información de la Educación Superior del
Ministerio de Educación Nacional.

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