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Decreto Reglamentario Distrital 474 de 26 de octubre de 2016, por medio del cual se reglamenta el Acuerdo 648 de 2016 que simplifica el sistema tributario Distrital y se dictan otras disposiciones

AutorJorge Enrique Chavarro Cadena - Harold Ferney Parra Ortiz - Cindy Lorena Chavarro Moreno
Páginas503-510
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Decreto Reglamentario Distrital 474 de 26 de octubre de 2016
DECRETO REGLAMENTARIO DISTRITAL 474 DE 26 DE OCTUBRE DE 2016
Registro Distrital No. 5943 de 26 de octubre de 2016
ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ
Por medio del cual se reglamenta el Acuerdo 648 de 2016 que simpli ca el
sistema tributario Distrital y se dictan otras disposiciones
EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D. C.,
en ejercicio de las facultades legales y en especial las conferidas por el
numeral 4 del artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993, y los artículos 3 y 5
del Acuerdo 648 de 2016
CONSIDERANDO:
Que el artículo 334 de la Constitución Política enuncia el principio de sostenibilidad
scal como la consistencia de los planes de gasto e impuestos de largo plazo con
los objetivos de política monetaria y la acumulación de capital en la economía, se
encuentra incorporado al ordenamiento jurídico colombiano corno condición para la
materialización del Estado Social de Derecho y es una herramienta para garantizar los
principios de progresividad y equidad que hacen efectivos los derechos económicos,
sociales y culturales.
Que los principios de progresividad, equidad y e ciencia enunciados en el artículo
363 de la Constitución Política, deben ser fuente principal de las disposiciones
tributarias, y bajo la convicción de que los tributos se establezcan en razón de las
posibilidades económicas de cada ciudadano.
Que la administración distrital consciente de la necesidad de ofrecer mecanismos
más e cientes, óptimos y de menor impacto económico para los contribuyentes del
Impuesto Predial Uni cado, y particularmente para aquellos propietarios de predios
residenciales, propuso la adopción de un Sistema de Pago Diferido, el cual recae
sobre el valor a cargo por concepto de este impuesto. A su vez, se implementa una
modalidad e ciente de recaudo por parte de las empresas de servicios públicos o
entidades del sistema nanciero.
Que el Concejo de Bogotá aprobó mediante el artículo 3 del Acuerdo 648 de 2016, el
Sistema de Pago Alternativo por Cuotas Voluntario (SPAC), para el Impuesto Predial
Uni cado en bienes o predios de uso residencial.
Que el modelo de administración tributaria y el procedimiento tributario actualmente
existentes en el Distrito Capital corresponde a la adopción del procedimiento del
Estatuto Tributario Nacional efectuada en desarrollo del artículo 162 del Decreto
Ley 1121 de 1993.

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