De los delitos contra el régimen constitucional y legal - Parte especial. De los delitos en particular - Ley 599 de 2000 (julio 24) - Código Penal y de Procedimiento Penal concordado - Libros y Revistas - VLEX 513229710

De los delitos contra el régimen constitucional y legal

AutorJorge Enrique Chavarro Cadena
Páginas308-311

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CAPÍTULO ÚNICO De la rebelión, sedición y asonada

ARTÍCULO 467. REBELIÓN. (A partir del 1 de enero de 2005, la pena prevista en el presente artículo fue aumentada por disposición del

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artículo 14 de la Ley 890 de 2004 ). Los que mediante el empleo de las armas pretendan derrocar al Gobierno Nacional, o suprimir o modficar el régimen constitucional o legal vigente, incurrirán en prisión de noventa y seis (96) a ciento sesenta y dos (162) meses y multa de ciento treinta y tres punto treinta y tres (133.33) a trescientos (300) salarios mínimos legales mensuales vigentes.

NOTA DE VIGENCIA: La pena prevista para el presente artículo antes de la modficación introducida por la Ley 890 de 2004, era la siguiente:

Prisión de seis (6) a nueve (9) años y multa de cien (100) a doscientos (200) salarios mínimos legales mensuales vigentes.

CONCORDANCIAS: (*Para su consulta debe ser suscriptor. Ver www.nuevalegislación.com).

· Código Penal: Arts. 470 y 471.

· *Ley 1424 de 2010: Por la cual se dictan disposiciones de justicia transicional que garanticen verdad, justicia y reparación a las víctimas de desmovilizados de grupos organizados al margen de la ley, se conceden beneicios jurídicos y se dictan otras disposiciones.

· *Ley 975 de 2005: Por la cual se dictan disposiciones para la reincorporación de miembros de grupos armados organizados al margen de la ley, que contribuyan de manera efectiva a la consecución de la paz nacional y se dictan otras disposiciones para acuerdos humanitarios.

· *Decreto 1943 de 1991: Por el cual se dictan medidas sobre indulto y Amnistía.

· Constitución Política de Colombia: Arts. 1 y 95.

JURISPRUDENCIA: (Para su consulta debe ser suscriptor. Ver www.nuevalegislación.com).

· EXPEDIENTE 34482 DE 24 DE NOVIEMBRE DE 2010. CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. M. P. DRA. MARÍA DEL ROSARIO GONZÁLEZ DE LEMOS. El delito de rebelión se trata de un delito con sujeto activo plural (plurisubjetivo).

· EXPEDIENTE 33621 DE 10 DE MARZO DE 2010. CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. M. P. DR. SIGIFREDO ESPINOSA PÉREZ. El delito de rebelión es un tipo penal de carácter permanente.

· EXPEDIENTE 31651 DE 22 DE ABRIL DE 2009. CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. M. P. DR. SIGIFREDO ESPINOSA PÉREZ. Competencia para conocer del delito de rebelión.

· EXPEDIENTE 23893 DE 26 DE ENERO DE 2006. CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. M. P. DR. MAURO SOLARTE PORTILLA. Los actos de rebelión no se agotan solamente en el enfrentamiento armado con los miembros de la fuerza pública.

· EXPEDIENTE 19915 DE 20 DE JUNIO DE 2005. CORTE SUPREMA...

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