Denuncia del Pacto de Bogotá: Implicaciones jurídicas para Colombia - Contribución de la Universidad del Rosario al debate sobre el fallo de La Haya - Libros y Revistas - VLEX 585437306

Denuncia del Pacto de Bogotá: Implicaciones jurídicas para Colombia

AutorAndrea Mateus Rugeles
Páginas1-22
Denuncia del Pacto de Bogotá:
Implicaciones jurídicas para Colombia
Andrea Mateus Rugeles*
Resumen
Tras la denuncia del Pacto de Bogotá, ¿puede la Corte Internacional de Jus-
ticia () conocer algún caso en relación con Colombia? ¿Podría descono-
cerse el fallo de la Corte de noviembre de 2012 en el caso Nicaragua contra
Colombia? ¿Después de la denuncia del Pacto, tendría competencia respecto
de Colombia para conocer de la demanda presentada por Ecuador en el año
2008, por las aspersiones con herbicidas químicos? El estudio de las impli-
caciones jurídicas —frente a la — permite contestar estos interrogantes al
analizar desde tres perspectivas las consecuencias jurídicas de la menciona-
da denuncia —el fallo de la Corte Internacional de Justicia, casos futuros y
casos en curso—. Igualmente, a modo de reexión, se responden de manera
negativa los cuestionamientos acerca del supuesto desconocimiento de la so-
beranía del Estado colombiano al raticar tratados que le dan competencia a
tribunales internacionales para tomar decisiones en relación con el Estado y
el alegado desconocimiento del Derecho Internacional al tomarse la decisión
de denunciar un tratado.
* Abogada de la Universidad Colegio Mayor de Nuestra Señora del Rosario. Máster () en
Estudios de Derecho Internacional, 2007, New York University, Estados Unidos. Profesora de carrera
académica de Derecho Internacional y Derecho Penal Internacional. Coordinadora del Área de Derecho
Internacional de la Facultad de Jurisprudencia de la Universidad del Rosario. Codirectora de la Clínica
de Derecho Internacional Penal y Derecho Internacional Humanitario de la Universidad del Rosario.
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Abstract
After the denunciation of the Pact of Bogotá, does the International Court
of Justice () have jurisdiction over any case related to Colombia? Would it
be feasible to ignore the decision of the Court of November 2012 in the case
Nicaragua v. Colombia? Would it maintain its jurisdiction over Colombia re-
garding the application presented by Ecuador in 2008 for the aerial herbicide
spraying? e study of the legal implications —before the — allows answe-
ring to these questions when the implications of the referred denunciation
are analyzed from three perspectives —the judgment of the , future cases
and current cases—. Likewise, and as a reection, the questions regarding the
supposed ignorance of the sovereignty of the Colombian state when ratifying
treaties that give jurisdiction to an international tribunal to make decisions in
relation to the state iself, as well as the alleged ignorance of the International
Law when a treaty is denounced by a state, are answered in a negative way.
Introducción
El 19 de noviembre de 2012 la Corte Internacional de Justicia emitió un fallo
de fondo en la demanda interpuesta por Nicaragua contra Colombia en un
diferendo marítimo y territorial. La decisión de la Corte fue desaprobada por
la mayoría de la sociedad colombiana que, en un error alimentado por el des-
conocimiento y la desinformación, mantuvo por años la (falsa) convicción de
que el meridiano 82 era la frontera marítima jada, establecida y reconocida
entre Nicaragua y Colombia.
Al encontrar que la Corte reconocía derechos a Nicaragua más allá de
la alegada “frontera”, pero igualmente, al empezar a vislumbrar los efectos
para Colombia y sus nacionales en relación con la decisión, las opiniones con
conocimiento y sin tal, no se hicieron esperar. Fue tal la presión de distintos
sectores, impulsando al gobierno a reaccionar y a no quedarse callado ante
“tal afrenta”, que se habló de opciones no válidas como el “desacato” del fallo
o la presentación de un recurso de apelación.
Se atacó la jurisdicción de la Corte, se puso en tela de juicio la pericia y
desempeño de sus magistrados, y hasta se cuestionó la validez del Derecho
Internacional. Lo cierto es que, válidas o no tales propuestas, era claro que el
gobierno debía hacer algo; sin embargo, el momento de actuar debió haber
sido previo (y me reero a con mucha anterioridad) a la decisión del tribunal.
Contribución de la Universidad del Rosario al debate sobre el fallo de La Haya
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