El Derecho de la competencia: ¿Derecho privado, Derecho público, regulación o Derecho económico? - Núm. 9, Enero 2013 - Revista Digital de Derecho Administrativo - Libros y Revistas - VLEX 736895945

El Derecho de la competencia: ¿Derecho privado, Derecho público, regulación o Derecho económico?

AutorAndrés Palacios Lleras
Páginas85-100
REVI STA DIGITAL DE DERECHO ADMINISTRATIVO, N. º 9, PR IMER SEM EST RE/ 2013, PP. 85-10 0
El Derecho
de la competencia:
¿Derecho privado, Derecho
público, regulación o Derecho
económico?
ANDR ÉS P AL ACI OS L LE RA S1
RESUMEN
Supongamos que queremos armar una nueva facultad de Derecho. ¿Cómo cla-
sificaríamos el Derecho de la competencia en la estructura curricular de esta
facultad? Partiendo de estas preguntas, este artículo muestra las dificultades
inherentes en tratar de clasificar el Derecho de la competencia como Derecho
privado, público, regulación o “Derecho económico”. Lo anterior se debe no
solo a que estas clasificaciones son poco precisas, sino también porque parten
de nociones del ordenamiento jurídico colombiano que difícilmente se ajustan
a como experimentamos este campo del Derecho. Por ello, lo que comienza
como una pregunta sin mayor trascendencia muestra algunas de los problemas
conceptuales que tienen las formas como apreciamos nuestro Derecho. Pero
además de tener incidencias teóricas, esta discusión tiene una incidencia en la
práctica, y es que permite o limita el desarrollo de diferentes argumentacio-
nes “correctas” según la clasificación que se adopte. Finalmente, este artículo
concluye que la ausencia de Derecho de la competencia en los currículos de
Derecho de las facultades existentes muestra una falta de conexión entre los
cambios en la normatividad colombiana y las imágenes de lo que se necesita
para formar abogados.
1 Abogado de la Universidad de Los Andes, maestría en Derecho en la Facultad de Derecho de
la Universidad de Harvard y candidato a doctor de la Facultad de Derecho de la University
College London. Ha contribuido para algunas de las mejores revistas de Derecho colom-
biano y ha sido docente en varias universidades. Fue colaborador en la Superintendencia
de Industria y Comercio, y es asesor de la firma Estudios Palacios Lleras S.A.S. Correo-e:
andrespalaciosll@gmail.com.
Andrés Palacios Lleras
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REVI STA DIGITAL DE DERECHO ADMINISTRATIVO, N. º 9, PR IMER SEM EST RE/ 2013, PP. 85-10 0
Palabras clave: Derecho de la competencia, Regulación, Derecho econó-
mico, Teoría jurídica, Educación jurídica.
ABSTRACT
Let’s imagine that we want to establish a new law school in Colombia. How
would we classify competition law within its curricular structure? By attempting
to answer this apparently harmless question, this article shows the inherent
difficulties in trying to classify competition law as private law, public law,
regulation or “economic law”. This is due not only because such categories
are very imprecise, but also because they depart significantly form our daily
experiences with this field of law. What began as a harmless question actually
shows some of the conceptual issues involved in the ways we depict our legal
system. The discussion ensuing from this question has theoretical as well as
practical implications, because depending on the category we adopt we are
able to build different lines of reasoning that may be right or wrong but that
highlight certain aspects and foreclose others. Finally, this article concludes
that the lack of competition law courses in the curricula of established law
schools shows a sign of disconnection between changes in the normative
landscape and our images about what constitutes an adequate legal education.
Keywords: Competition Law, Regulation, Economic Law, Legal Theory,
Legal Education.
I. INTRODUCCIÓN: LOS DILEMAS DE ARMAR UNA NUEVA
FACULTAD DE DERECHO
Supongamos que queremos armar una nueva facultad de Derecho. ¿Cómo cla-
sificaríamos el Derecho de la competencia en la estructura curricular de esta
facultad? ¿Es una clase que hace parte del Derecho privado, o es una clase que
hace parte del Derecho público? ¿Qué argumentos serían válidos para acoger
o desechar cada una de estas opciones?
Cómo clasificar el Derecho de la competencia puede parecer un proble-
ma de poca importancia por dos razones. En primer lugar, nadie duda de que
las normas que componen este campo del Derecho son jurídicas, y que por
lo tanto su enseñanza en una facultad de Derecho es pertinente. En segundo
lugar, las facultades de Derecho que ya existen han resuelto este problema, y
seguirlas en ello no parece particularmente erróneo. Finalmente, el Derecho
de la competencia se nutre de otros campos del Derecho, así que la discusión
sobre cómo clasificarlo parece menos importante en comparación con la dis-
cusión sobre el momento de la carrera en que se enseña. Así que, ¿por qué
dedicarle tiempo a este problema?

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