El Derecho como conjunto de conocimientos, saberes y prácticas sociales: más allá del dualismo ciencia/no ciencia - Núm. 44, Julio 2016 - Revista Pensamiento Jurídico - Libros y Revistas - VLEX 687200761

El Derecho como conjunto de conocimientos, saberes y prácticas sociales: más allá del dualismo ciencia/no ciencia

AutorMarcela Fernández Castañeda
CargoAbogada de la Universidad Libre, Bogotá Colombia
Páginas387-406
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PENSAMIENTO JURÍDICO, No. 44, ISSN 0122 - 1108, JUL IO-DICIEMBRE, BOGOTÁ 2016, PP. 387-406
El Derecho como conjunto de conocimientos,
saberes y prácticas sociales: más allá del
dualismo ciencia/no ciencia
The law as a body of knowledge, knowledge
and social practices: beyond the dualism
science/non-science
Marcela Fernández Castañeda*
Fecha de recepción: 1 4 septiembre de 2015
Fecha de aceptación: 20 de f ebrero de 2016
RESUMEN
Este artíc ulo se trata de la natu raleza del
Derecho. A lo largo del te xto se presenta y
discute de mane ra general los fund amen-
tos, rasgos, atributo s y característ icas del
conocimiento y de la s prácticas juríd icas,
que se han ventilado a lo l argo de los dos
últimos sig los. Finalmente se adopta la
postura y defe nsa sobre la concepción
acerca del tejido de conocimie ntos, sabe-
res y prácticas s ociales que constitu ye el
Derecho, más al lá del dualismo ciencia/
no ciencia.
Palabras clave: Epistemolo gía de
Derecho ciencia saber losóco saber
cientíco saber empírico
ABSTRACT
This is a te xt about the natu re of law.
Through t he text is prese nted and dis-
cussed in gene ral the fu ndamentals ,
features, at tributes and charac teristics of
knowledge and lega l practices that have
been aired over t he past two cent uries.
Finally, postu re and defense on the con-
ception of the network of knowle dge,
wisdom and pract ices that const itutes
the law, beyond dualism S cience / no
science is adopted.
Key words: Epistemolog y of law, science,
philosophic al knowledge, s cientif ic
knowledge, empir ical knowledge.
1
* Abogada de la Unive rsidad Libre (Bogotá- Colombia). Magister en Derec ho Penal de la Universidad Libr e
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maestra nda de la Universidad Nacional de Ros ario (Argentina). Especialist a en Derecho Constitucion al
(U. Libre-Bogotá). Es pecialista en Gobierno Mu nicipal (U. Javeriana-Bogotá). Es pecialista en Docencia
Universitar ia (U. Militar Nueva Gr anada). Correo elect ronico: mafeca9@hotma il.com
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EL DERECHO COMO C ONJUNTO DE CONOCIMIENTO S, SABERES Y PRÁCTIC AS SOCIALES: MÁS ALL Á DEL DUALISMO
CIENCIA/NO CIENCIA
INTRODUCCIÓN
En los dos últimos siglos se h a evidenciado una discu sión acerca de la natu-
raleza cientí ca o no del Derecho así como de la naturaleza y rasgos de
sus conocimientos, saberes y prácticas. En la presente sección del texto
se contextual izará el tema para establecer el est ado de la cuestión.
Dentro del conjunto de v isiones epistemológ icas sobre el Derecho, pa ra comen-
zar se puede decir que la meta física teológica de Tomás de Aquino (1224-1274),
a pesar de su origen en la Edad Media su losof ía permite varias posibilidades
y recu rsos que aún tienen inuencia en la losofía del Derecho Lo anterior
debido a la relación que se puede hacer entre entidades meta físicas y los com-
ponentes de la realidad histór ica. Lo cual es un asu nto de racionalidad práctica,
más que un modelo hipotético deductivo. En la que el problema del Derecho
Nat ural de riva solo pr oceso s intelect ivos Es decir la L ey Natu ral tien e carac -
terísticas de razón práctica ya que se reeren a las inclinaciones o tendencias
humanas Desde la perspectiva epistemológica la  ley eterna es para Tomás
de Aquino, la suprema real idad, de la cual se desprende el Derecho. Es el trán -
sito del Derecho Divino al Derecho de los hombres La Ley Natural es la ley
suprema, es indemostrable y autoev idente. Por ello es axiomática. Esta conduce
al comportamiento humano debido y hacia el Bien común. La participación
humana en el cumplimiento de la Ley Natural se da a través de la razón Ya
que ésta es la forma como el ser humano participa en la Razón Divina. Por lo
tanto el Derecho es una derivación de la Ley Natural Para el conocimiento
del Derecho esto sig nica que quien conozca la Ley Natural que es lo uni-
versal del Derecho, alc anzará la sabiduría suprema del Derec ho. Por lo cual, la
discusión sobre su carácter cientí co en los términos de la modernidad carece
de sentido. (Rojas Amandi, 20 06: 385).
Las teoría s metafísicas-ontológicas del Derec ho, conducen a una explicación
ontológica tanto del Derecho como de los conceptos jurídicos, lo que traduce
como que todos los conocimientos están como sustancia óntica externa al
hombre, que descubre la razón.
En el siglo XIX Julius Hermann von Kirchmann se constituyó en el primer
autor que presentó interés por dilucidar la ident idad del Derecho. Es así como
en 1846 estando en B erlín, tomó el cargo de Staatsanwalt o Pr ocurador del Rey,
en el Estado de Prusia. En el desarrollo de los acontecimientos se dio que en
1847, presentó una conferencia de largo aliento en una academia jurídica ber-
linesa –la Jurist ische Gesellschaft zu Berlin – (Haba, 1993). Dicha presentación
se tituló Die Wertlosigkeit der Jurisprudenz als Wissenschaft, la cual traduce
“La inutilidad de la jurisprudencia como ciencia”. Kirchmann usó la expresión

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