¿Derecho a la felicidad? - Núm. 25-2, Diciembre 2016 - Revista Dikaion - Libros y Revistas - VLEX 825961073

¿Derecho a la felicidad?

AutorJosé Tomás Alvarado
Cargoorcid.org/0000-0003-2324-8458. Pontificia Universidad Católica de Chile, Chile. jose.tomas.alvarado@gmail.com
Páginas243-265
243
DÍKAION - ISSN 0120-8942 - EISSN 2027-5366, AÑO 30 - VOL. 25 NÚM. 2 - CHÍA, COLOMBIA - DICIEMBRE 2016 / PP. 243-265
Recibido: 05 de abril de 2016. Envío a pares: 03 de junio de 2016.
Aprobado por pares: 12 de agosto de 2016. Aceptado: 26 de septiembre de 2016.
DOI: 10.5294/dika.2016.25.2.5
Para citar este artículo / To reference this article / Para citar este artigo
Alvarado, José Tomás, “¿Derecho a la felicidad?”, en
Dikaion
, 25, 2 (2016),
pp. 243-265. DOI: 10.5294/dika.2016.25.2.5
* orcid.org/0000-0003-2324-8458. Pontificia Universidad Católica de Chile, Chile.
jose.tomas.alvarado@gmail.com
¿DERECHO A LA
FELICIDAD?
A RIGHT TO HAPPINESS?
DIREITO À FELICIDADE?
JOSÉ TOMÁS ALVARADO*
244
DÍKAION - ISSN 0120-8942 - EISSN 2027-5366 / PP. 243-265
Resumen
Se ha propuesto un “derecho a la felicidad” como parte de los derechos
humanos de tercera generación. Este trabajo considera de manera crítica
la inteligibilidad de tal derecho fundamental. Se argumenta que se puede
efectuar una distinción gruesa entre concepciones “internalistas” y “exter-
nalistas” de la felicidad. Las concepciones internalistas sostienen que la
felicidad requiere de acciones libres. Las concepciones externalistas sostie-
nen que la felicidad puede ser conseguida con independencia de la voluntad
de la persona, simplemente por la obtención de ciertos objetos, estados o
eventos. Se argumenta que bajo cualquiera de estas interpretaciones, un
derecho a la felicidad no tiene sentido. Se alega que es imposible cumplir
universalmente con un derecho a la felicidad “externalista”, pues el Es-
tado solo puede hacer a alguien “feliz” al costo de la infelicidad de otras
personas. Un derecho a la felicidad bajo la interpretación internalista, por
otra parte, es también imposible porque no hay nada que pueda hacer un
Estado —o un tercero— para reemplazar la actividad libre de una persona.
Palabras clave
Derecho a la felicidad; derechos fundamentales; felicidad; derechos.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR