El derecho a impugnar la sentencia condenatoria - Núm. 16, Julio 2016 - Cuadernos de Derecho Penal - Libros y Revistas - VLEX 686586509

El derecho a impugnar la sentencia condenatoria

AutorLuis Javier Moreno Ortiz
CargoLicenciado en Filosofía y Humanidades y Abogado de la Universidad Sergio Arboleda
Páginas89-116
89
ISSN: 2027-1743 / 2500-526x [En línea], julio-diciembre de 2016
Doctrina
EL DERECHO A IMPUGNAR LA
SENTENCIA CONDENATORIA*
THE RIGHT TO CHALLENGE
THE GUILTY VERDICT
Luis Javier Moreno Ortiz**
Resumen
Este artículo pretende determinar tanto el sentido y alcance de la regla her-
menéutica constitucional establecida en el inciso segundo del art. 93 de la
Carta como el sentido y alcance, merced a la aplicación de dicha regla her-
menéutica, del derecho a impugnar la sentencia condenatoria, previsto en
el inciso cuarto del art. 29 ibídem. Para ello, se parte de la distinción entre
este derecho y el derecho a la doble instancia reconocido en el art. 31 de la
Constitución; se propone una hipótesis sobre lo que debe entenderse como
interpretación de los derechos y deberes reconocidos en la Constitución
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dos por Colombia. Además, se presentan unos escenarios hipotéticos nece-
sarios para captar los matices que brinda el ordenamiento jurídico colom-
biano para el ejercicio de este derecho; se analiza el ejercicio del referido
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del legislador de su deber de regularlo y de los efectos dados a la decisión
de inexequibilidad en la Sentencia C-792 de 2014; y se concluye que, al
tratarse de un derecho constitucional fundamental, su interpretación debe
hacerse conforme al principio pro homine, de manera que sea lo más am-
plia posible y, merced a los principios de igualdad y de favorabilidad, su
ejercicio debe estar regulado por la ley y no puede limitarse en el tiempo,
a partir de un hito diferente a su reconocimiento por la Constitución o por
un tratado internacional que haga parte del bloque de constitucionalidad.
Palabras claves
Derecho a impugnar la sentencia condenatoria, ejercicio del derecho a im-
pugnar la sentencia condenatoria sin un régimen legal que lo regule, in-
terpretación de la Constitución, interpretación de los derechos conforme
a tratados internacionales, reglas hermenéuticas previstas en los tratados.
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Público’, adelantado por el autor en el Grupo de Investigación ‘CREAR’, de la Universidad
Sergio Arboleda.
** El autor es Licenciado en Filosofía y Humanidades y Abogado de la Universidad Sergio
Arboleda, Especialista en Derecho Administrativo del Colegio Mayor de Nuestra Señora
del Rosario, Magíster en Derecho de la Universidad Sergio Arboleda y Doctor en Derecho
de esta misma casa de estudios.
Luis Javier Moreno Ortiz
90 Cuadernos de Derecho Penal
ISSN: 2027-1743 / 2500-526x [En línea], julio-diciembre de 2016
Abstract
This article aims to determine both the meaning and scope of the constitutional hermeneutic
rule established in the second subsection of art. 93 of the Charter as the meaning and scope,
through the application of said hermeneutic rule, of the right to challenge the guilty verdict,
provided for in the fourth paragraph of art. 29 ibid. In order to do so, it is based on the dis-
tinction between this right and the right to the double instance recognized in art. 31 of the
Constitution; a hypothesis is proposed as to what should be understood as an interpretation
of the rights and duties recognized in the Constitution in accordance with the international
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capture the nuances that the Colombian legal system provides for the exercise of this right;
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unenforceability in Judgment C-792 of 2014; and concludes that, since it is a fundamental
constitutional right, its interpretation must be made in accordance with the pro homine prin-
ciple, so as to be as broad as possible and, by virtue of the principles of equality and favora-
bility, its exercise must be regulated by Law and can not be limited in time, from a milestone
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Keywords
Exercise of the right to challenge the guilty verdict without a legal regime that regulates it,
hermeneutic rules provided for in treaties, interpretation of the Constitution, interpretation
of rights under international treaties, right to challenge the guilty verdict.
Introducción
La interpretación del texto de la Constitución es una actividad necesaria para
establecer su contenido y alcance; esta tarea, en el caso colombiano, no es libre o
abierta a cualquier tipo de hermenéutica, sino que tiene una serie de reglas cons-
titucionales y legales que es preciso atender. El sentido de esta actividad depende
de lo que se entienda por fuentes del derecho y de lo que se asuma como el papel
o función del juez en un determinado contexto (Hinestrosa, 2010). En cuanto a las
fuentes parece haber una transición, según lo destaca de manera temprana Fon-
seca (1992), que en buena parte es continuidad, entre la Ley 153 de 1887 y el art.
230 de la Constitución, lo cual determina un preciso rol del juez, marcado por el
mandato del art. 48 de la primera, acorde con el cual el segundo debe decidir, en
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también debe resolver, so pena de incurrir en responsabilidad por denegación de
justicia, con fundamento en las fuentes auxiliares.
Las reglas legales son más antiguas y, acaso por ello, más conocidas y aplica-
das. Están contenidas en la parte primera de la Ley 153 de 1887, todavía vigente,
relativa a las ‘reglas generales sobre validez y aplicación de las leyes’. Estas reglas
fueron pensadas y formuladas en un contexto diferente del actual, en el cual no se
reconoce la supremacía de la Constitución, sino que, por el contrario, se presume
de derecho la constitucionalidad de las leyes posteriores a ella, incluso si parecen
contrarias a su texto. En efecto, el art. 6° de la ley en comento preveía que “[u]na

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