Derecho Laboral - Núm. 2, Febrero 2021 - Industria Legal - Libros y Revistas - VLEX 858011030

Derecho Laboral

AutorDiana Zuleta M.
Páginas34-35
Industria Legal
DERECHO
dzuleta@dlapipermb.com
Diana Zuleta M
Carrera 7, Número 71-21, Torre B, Oficina 602, Bogotá
www.dlapipermb.com
El 31 de diciembre de 2020 el Congreso de
la República expidió la Ley 2069 por medio
de la cual se impulsa el emprendimiento en
Colombia. El artículo 17 de esta ley
dispone que, por las nuevas circunstancias
mundiales, se habilita el trabajo remoto
más allá del teletrabajo. Según el mismo
artículo, su propósito es garantizar la
generación de empleo y la consolidación
de las empresas.
Esta norma permite entonces que los
trabajadores puedan continuar prestando
sus servicios de manera remota sin que las
empresas tengan que implementar todas
las medidas que requiere el teletrabajo. La
regulación del teletrabajo impone varias
obligaciones en cabeza de los
empleadores y de las administradoras de
riesgos laborales que además de tomar
tiempo para su implementación, en la
práctica, no necesariamente son fáciles de
cumplir. Esto por cuanto, no todos los
domicilios de los trabajadores tienen un
espacio físico que pueda cumplir con todos
los requerimientos para el puesto de
trabajo que exige la regulación de
seguridad y salud en el trabajo.
Además, la rapidez y la inmediatez en
cómo debemos adaptarnos a los nuevos
modelos de prestación de servicios exige
ser más veloces y prácticos para cumplir
con las necesidades del servicio. Esto no
quiere decir que por ello se pueda
sacrificar el cumplimiento de los
estándares mínimos laborales y de
seguridad y salud en el trabajo.
La norma es una oportunidad para
flexibilizar la forma de prestar servicios
fuera de la empresa o, al menos, para que
los empleadores tengan tiempo para
implementar el teletrabajo.
Aunque todo dependerá de la reglamentación que
expida el Gobierno, la norma permitirá que las
empresas puedan continuar prestando sus
servicios con los trabajadores ejecutando labores
remotamente fuera de las oficinas del empleador.
Esto, como resulta obvio, estimulará la economía
y la generación de empleo.
Adicionalmente, la norma permitirá también
que, para aquellas empresas que definitivamente
deban implementar el teletrabajo tengan un
tiempo adicional para implementar las medidas
del caso.
Por lo pronto, habrá que esperar que el
Gobierno reglamente este artículo de la Ley de
emprendimiento. En el entretanto, las empresas
pueden continuar con el trabajo remoto mientras
se adaptan, de ser el caso, al teletrabajo.
LABORAL
Ley de emprendimiento –
teletrabajo Vs. trabajo remoto

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