El derecho a la objeción de conciencia: criterios para su interpretación
Autor | María Marta Didier |
Cargo | Universidad Católica de Santa Fe y Universidad Católica. Argentina. mdidier@ius.austral.edu.ar |
Páginas | 253-281 |
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DÍKAION - ISSN 0120-8942, AÑO 29 - VOL. 24 NÚM. 2 - CHÍA, COLOMBIA - DICIEMBRE 2015 / PP. 253-281
Recibido: 17 de marzo de 2015. Envío a pares: 19 de marzo de 2015
Aprobado por pares: 02 de mayo de 2015. Aceptado: 17 de mayo de 2015
DOI: 10.5294/dika.2015.24.2.3
Para citar este artículo / To reference this article / Para citar este artigo
Didier, María Marta, “El derecho a la objeción de conciencia: criterios para su in-
terpretación”, en
Dikaion
, 24, 2 (2015), pp. 253-281. DOI: 10.5294/dika.2015.24.2.3
* Este artículo es el resultado parcial del proyecto de investigación titulado “De-
recho a la igualdad y objeción de conciencia”, financiado por la Universidad
Católica de Santa Fe (Argentina).
** Universidad Católica de Santa Fe y Universidad Católica. Argentina.
mdidier@ius.austral.edu.ar
EL DERECHO A LA
OBJECIÓN DE CONCIENCIA:
CRITERIOS PARA SU
INTERPRETACIÓN*
THE RIGHT TO CONSCIENTIOUS
OBJECTION: CRITERIA FOR
INTERPRETATION
O DIREITO À OBJEÇÃO DE CONSCIÊNCIA:
CRITÉRIOS PARA SUA INTERPRETAÇÃO
MARÍA MARTA DIDIER**
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DÍKAION - ISSN 0120-8942 / PP. 253-281
Resumen
Se plantea que el principio de razonabilidad constituye una vía posible
para determinar cuándo la objeción de conciencia consiste en el ejercicio
regular de un derecho, fundamentándose para ello en la filosofía jurídica,
en la teoría de los derechos fundamentales y en la práctica jurispruden-
cial. Finalmente, se propone un test de constitucionalidad aplicable a las
reglamentaciones del derecho a la objeción de conciencia en el ordena-
miento jurídico argentino.
Palabras clave
Objeción de conciencia; libertad religiosa y de conciencia; razonabilidad;
proporcionalidad; igualdad; discriminación; razonabilidad práctica.
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