Derechos fundamentales del asegurado en la objeción de la reclamación - El seguro - Libros y Revistas - VLEX 790750113

Derechos fundamentales del asegurado en la objeción de la reclamación

AutorFernando Palacios Sánchez
Páginas160-170
5.Derechosfundamentalesdelaseguradoenla
objecióndelareclamación
Siantesvalíadecir:derechosfundamentalessoloenelmarcodelasleyes,ahorase
quieredecir:leyessoloenelmarcodelosderechosfundamentales.
RobertAlexi1
Es corriente mundial aplicar los principios y valores de las constituciones por
encima de normas legales que no han sido declaradas inexequibles y que, por lo
mismo, se encuentran vigentes, o de convenciones entre particulares, las cuales,
comosesabe,son“leyparalaspartes”,porlocualgozandeplenavalidezjurídica.
Sinembargo,cuando,ajuiciodeljuezconstitucional,enlaaplicacióndelasleyeso
de cláusulas contractuales se violan los derechos fundamentales, por vía de
interpretación constitucional tales normas o cláusulas se hacen inaplicables, con
mirasasalvaguardarlosderechosfundamentales.Enelcasocolombiano,enmateria
de seguros, la Corte Constitucional igualmente ha interpretado a favor del
aseguradotalesprincipios,cuandoobservaqueunaleyo unacláusulade lapóliza
infringen sus derechos fundamentales, pudiendo tener el caso una solución
totalmentedistintadela que han dado losjuecesdelajurisdicciónordinaria y la
doctrina,basadosenlaleyqueregulaelcaso(CCo,títuloV,libroIV).
Eltemanodeja de sorprenderamuchos,pueslas normas constitucionalesestán
llamadas a regular la estructura del Estado y su relación con los ciudadanos, así
como los derechos y obligaciones de estos para con la sociedad, pero no al
reemplazo de leyes por vía de interpretación o de convenciones legalmente
pactadas2.Alrespecto,diceGuastini:
[…] según ciertas doctrinas, las constituciones no son más que un
“manifiesto”político cuyaconcretizaciónes tareaexclusivadel legislador:los
tribunalesnodebenaplicarlasnormasconstitucionales–carentesdecualquier
efectoinmediato–sino solo lasnormasquese recogen porlasleyes.// Pues
bien,unodeloselementosesencialesdelprocesodeconstitucionalizaciónes

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