Derechos patrimoniales - Parte segunda. Derechos patrimoniales - Bienes - Libros y Revistas - VLEX 446661390

Derechos patrimoniales

AutorFrancisco Ternera Barrios
Cargo del AutorProfesor, Facultad de Jurisprudencia Universidad del Rosario
Páginas77-78

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El propósito del derecho es la reglamentación de las relaciones sociales. En términos generales, podemos airmar que las instituciones que tienden a ijar estas relaciones pertenecen a dos grandes categorías deinidas, según estén encauzadas hacia la utilidad y los intereses públicos o privados:131en la primera eventualidad, se trata del derecho público; en el segundo caso, del derecho privado.132Así, pues, se produce una primera ramiicación de los órdenes jurídicos. El derecho público, reglamentación de los actos que están marcados por el poder público. El derecho privado, disciplina de los actos realizados por los particulares en función de sus propios intereses.133Respecto de este segundo grupo, el derecho privado, los denominados derechos patrimoniales constituyen su principal asiento.

En el patrimonio se suele diferenciar el derecho de crédito o personal, jus in personam, vínculo patrimonial que tiene una persona en relación con otra, en virtud del cual esta segunda se encuentra obligada, compelida,

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con respecto a la primera, a realizar determinado comportamiento.134Esta relación jurídica sostenida entre acreedor y deudor es objeto de estudio de la materia denominada derecho civil obligaciones.

La expresión derecho real designa, principalmente, un verdadero haz de poderes directos sobre un bien, para procurarse todos o parte de los beneicios, utilidades y servicios, estimables en dinero, que aquel puede proporcionar. Además, un derecho real puede imponer también ciertos vínculos obligacionales respecto de personas determinadas, como es el caso, por ejemplo, de las obligaciones que tiene el usufructuario para con el nudo propietario (arts. 823 y 854 C.C.).135

Dentro de estas dos ópticas presentaremos en el título primero los comentarios generales sobre el patrimonio. En el título segundo presentaremos una primera aproximación a los derechos reales. En el título tercero abordaremos las características generales de los derechos personales.

[131] "El propósito de todas las disposiciones jurídicas, pronunciamientos judiciales, contratos y otros actos jurídicos, es inluir en la conducta de los hombres y dirigirla de ciertas maneras. El lenguaje jurídico tiene que ser considerado, en primer lugar, como un medio para este in. Es un instrumento de control social y de comunicación social". Olivecrona. Lenguaje jurídico y realidad. Op. cit., p. 47.

[132] Ulpiano. De iustitia et iure, I, I. Ahora bien, no podemos pensar que "los...

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