La desaparición forzada de personas en perspectiva histórico-jurídica: su origen y evolución en el ámbito internacional - La desaparición forzada de personas en el derecho internacional de los derechos humanos - Libros y Revistas - VLEX 697631969

La desaparición forzada de personas en perspectiva histórico-jurídica: su origen y evolución en el ámbito internacional

AutorCarlos Mauricio López Cárdenas
Páginas1-92
1
Capítulo I
La desaparición forzada de personas
en perspectiva histórico-jurídica: su origen y
evolución en el ámbito internacional
Es imposible entender la desaparición forzada sin, por lo menos, hacer una
breve referencia sobre aquellos sucesos que permitieron decantar su conte-
nido y elementos. Dada la imposibilidad para detallar todas las situaciones
en las cuales se ha hecho uso extensivo de esta práctica, el presente capítulo
se centrará en aquellos momentos que, de alguna forma, constituyen un refe-
rente indispensable en la construcción y evolución jurídica de esta violación.
Para cumplir este objetivo, el presente capítulo realiza un estudio his-
tórico y documental del fenómeno de la desaparición forzada, resaltando
aquellas situaciones que forzaron un cambio jurídico, de manera que analiza
el papel de la Organización de las Naciones Unidas y la Organización de
los Estados Americanos para enfrentar las situaciones de desaparición que
llevaron a que la comunidad internacional aprobara el primer instrumento
internacional especíco sobre desaparición forzada de personas —la De-
claración  de 1992—.
1. Antecedentes histórico-jurídicos de la desaparición
forzada de personas
1.1. Orígenes de un fenómeno con carácter universal
Resulta realmente complejo determinar con exactitud el origen de la desa-
parición forzada de personas como método represivo y de supresión de la
La desaparición forzada de personas en el derecho internacional de los derechos humanos
2
oposición política1. No obstante, la historia presenta innumerables casos
aislados de detenciones secretas cuyo principal objetivo consistía en gene-
rar terror en la población, desaparecer a un oponente político o debilitar
un movimiento que estuviera en contra del ejercicio del poder por parte
de cierto régimen2.
Así, por ejemplo, en el siglo  bajo el absolutismo monárquico fran-
cés se desarrolló el concepto de las denominadas lettres de cachet, órdenes
impartidas por el rey que tenían por objeto privar de la libertad, expulsar o
desterrar a alguien3. Estos documentos legales, revestidos por el sello secreto
del monarca4, se convirtieron en el método práctico para hacer desaparecer
a los adversarios políticos, artistas o escritores percibidos como peligrosos
o indeseables. A través de ellas, el monarca hacía uso de sus facultades para
declarar la responsabilidad penal de un individuo, sin necesidad de llevar a
cabo un juicio justo u otorgar la posibilidad de ejercer la debida defensa5.
Al nal, la ejecución de la orden monárquica requería el encarcelamiento
1 Elías Padilla Ballesteros, La memoria y el olvido. Detenidos desaparecidos en Chile, ed. Hum-
berto Ojeda Ruminot, Archivo de Chile -  ed. (Santiago - Chile: P&P Impresores, 1995),
p. 39; Mario Polanco, La desaparición forzada en Guatemala: Necesidad de esclarecimiento e investigación
(Ciudad de Guatemala: Oxfam Novib, 2007), p. 21; Pedro Pablo Camargo, Manual de derecho penal
internacional: Partes general, especial y procedimental ante la Corte Penal Internacional, 2a. ed. (Bogotá
D.C. - Colombia: Leyer, 2007), p. 301; Kai Ambos y María Laura Böhm, “La desaparición forzada de
personas como tipo penal autónomo: Análisis comparativo-internacional y propuesta legislativa”, en
Ensayos actuales sobre derecho penal internacional y europeo, ed. Kai Ambos (Bogotá D.C. - Colombia:
Grupo Editorial Ibañez; Ponticia Universidad Javeriana, 2012), p. 210.
2 Jesús Orlando Gómez López, Crímenes de lesa humanidad (Bogotá D.C. - Colombia: Ediciones
Doctrina y Ley Ltda, 1998), pp. 253-260.
3 La obra célebre que evidencia los abusos de la monarquía a través del empleo de las lettres
de cachet fue escrita por el revolucionario francés Mirabeau. H. G. de Riquetti Mirabeau, Des lettres de
cahets et des prisons d’état (Hambourg: s/n, 1782); Michael Fouc ault y Lawrence Kritzman, Politics,
philosophy, culture: Inteviews and other writings, 1977-1984, trad. Alan S heridan (Estados Unidos de
América: Routledge - Taylor & Francis Group, 1990), p. 187; Michael Foucault, Vigilar y castigar:
Nacimiento de la prisión, trad. Aurelio Garzón del Camino, Trigesimocuarta ed. (México: Siglo Vein-
tiuno Editores, 2004), pp. 123-124.
4 Frantz Funck-Brentano, Les lett res de cachet à Paris: Étude suivie d’une liste des prisonniers de
la Bastille (1659-1789) (París: Imprimerie Nationale, 1903), p. 11; Estela Carina Schindel, La de-
saparición a diario: Sociedad, prensa y dictadura (1975-1978). (Villa María-Argentina: Eduvim, 2012),
p. 37.
5 Max Radin, “e right to a public trial”, Temple law quarterly, vol. 6 (1931-1932), 381-399,
p. 388.
La desaparición forzada de personas en perspectiva histórico-jurídica
3
inmediato del detenido, que era conducido a prisiones aisladas, conventos,
hospitales y demás lugares de reclusión donde se podía perder su rastro6.
Con el transcurrir del tiempo, las lettres de cachet dejaron de ser un
instrumento de uso exclusivo del soberano y entraron a formar parte de la
vida pública francesa, donde los ciudadanos podían solicitar a la autoridad
la detención de ciertas personas acusadas de cometer un sinnúmero de in-
fracciones7. Su uso desmedido por parte de la sociedad, nalmente, ocasionó
su declive y eliminación con la legislación postrrevolucionaria de 17908.
Otro ejemplo histórico de desapariciones forzadas lo encontramos a
comienzos del siglo , con el advenimiento de la antigua Unión de Re-
públicas Socialistas Soviéticas ——, que empleó esta herramienta
como mecanismo sistemático de represión para asegurarse que los oposi-
tores políticos9, aristócratas, intelectuales, comerciantes o los denominados
“elementos inseguros” o “enemigos del pueblo”10, no perturbaran el orden
público y el bienestar del Estado11.
6 Kai Cornelius, Vom spurlosen verschwindenlassen zur benachrichtigungspicht bei festnahmen.
(Berlín: , Berlines Wissenschafts-Ver lag, 2004), pp. 5-21.
7 Como lo demostró Foucault, el empleo de este tipo de prerrogativas fue ampliamente usado
por las familias francesas para preservar el honor y los intereses familiares. Al respecto ver el análisis
en: Arlette Farge y Michael Foucault, Le désordr e des familles: Letres de caches des archives de la Bastille
au XVIIIe siècle (París-Francia: Gallimard, 1982); Foucault y Kritzman, Politics, philosophy, culture: In-
teviews and other writings, 1977-1984, p. 187; Alan Williams, “Patterns of conict in 18th-century
parisian families”, Journal of Family History, vol. 18, no. 1 (1993), 39-52.
8 Le premier pas vers L’abolition est franchi avec l’adoption de la Déclaration des Droits de
l’Homme et du Citoyen don’t les articles 7, 8 et 9 auraient été votes ‘par reaction contre la practique
des letters de cachet’ [...] Le 16 mars 1790, après des moins d’attente, l’Assemblée nationale abolit
nalement les letters de cachet devenues le symbole des erreurs et des insusances de l’Ancien Régime
[...]”. Jeanne-Marie Jandeaux, “e revolution and the “victims of arbitrary power”: e abolition of
the lettres de cachet and its consequences (1789-1792)”, Annales historiques de la Revolution Francaise,
no. 368 (2012), 33-60, pp. 36-44.
9 Oleg Vitalevich Khlevniuk, e history of the Gulag: From collectivization to the great terror,
trad. Vadim A. Staklo and David J. Nordlander (New Haven: Yale University Press, 2004), p. 331.
10 Anne Applebaum, Gulag: Historia de los campos de concentración soviéticos, trad. Magdalena
Chocano, 2a. ed. (Barcelona - España: Debate, 2005), p. 12; George Leggett, e cheka: Lenin’s political
police: e all-russian extraordinary commission for combating counter-revolution and sabotage (december
1917 to february 1922) (Oxford: Clarendon Press, 1981), pp. 102-120.
11 El periodista e historiador Kennan, es quizá la persona que mejor relata la forma como ope-
raba el sistema de “exilio administrativo”: “e obnoxious person may not be guilty of any way to the
laws of the State, but, if, in the opinión of the local authorities, his presence in a particular place is
‘prejudicial to public order’, or ‘incompatible with public tranquility’, he may be arrested without a

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR