Determinación del impuesto e imposición de sanciones - Procedimiento tributario, sanciones - Estatuto tributario 2015 - Libros y Revistas - VLEX 581177422

Determinación del impuesto e imposición de sanciones

AutorÁlvaro Jiménez Lozano
Páginas612-632
612
Álvaro Jiménez Lozano
TÍTULO IV
DETERMINACIÓN DEL IMPUESTO E IMPOSICIÓN DE SANCIONES
CAPÍTULO I
NORMAS GENERALES
Artículo 683. Espíritu de justicia.
Los funcionarios públicos, con atribuciones y deberes que cumplir en relación con la
liquidación y recaudo de los impuestos nacionales, deberán tener siempre por norma en el
ejercicio de sus actividades que son servidores públicos, que la aplicación recta de las leyes
deberá estar presidida por un relevante espíritu de justicia, y que el Estado no aspira a que al
contribuyente se le exija más de aquello con lo que la misma ley ha querido que coadyuve a
las cargas públicas de la Nación.
Normas concordantes de este Estatuto. Artículo 536. Amplias facultades de investigación.
Constitución Política. Artículo 363. Principios del Sistema Tributario.
Código Contencioso Administrativo. Decreto 0001 de 1984.  . Actuaciones
administrativas. Objeto.
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Administración de justicia. Artículo 3º. Derecho de defensa.
Ley 0734 de 2002 por la cual se expide el Código Disciplinario Unico. Artículo 94.
Principios que rigen la actuación procesal.
Ley 1607 de 2012 por la cual se expiden normas en materia tributaria y se dictan otras
disposiciones
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asegurar el efectivo cumplimiento de las normas sustanciales.
Para tal efecto podrá:
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hechos generadores de obligaciones tributarias, no declarados.
Decreto 0328 de 1995 por medio del cual se reglamentan los artículos 804 y 820 del
Estatuto Tributario. Artículo 2º. Alcance de la investigación de bienes.
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interrogatorios.
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operaciones cuando unos u otros estén obligados a llevar libros registrados.
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del contribuyente como de terceros, legalmente obligados a llevar contabilidad.
Normas concordantes de este Estatuto. Artículo 722. Requisitos de los recursos de

. Competencia para investigaciones tributarias.
Código de Comercio. Decreto 0410 de 1971. Artículo 63   
Artículo 66Artículo 67. Renuencia a

Código de Procedimiento Civil. Artículo 288       
comerciantes. Artículo 297
Código de Procedimiento Penal. Ley 0600 de 2000. Artículo 260. Obligación de entregar
documentos.
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Decreto 1354 de 1987 por el cual se dictan algunas disposiciones en materia del
impuesto sobre la renta y se expiden otras normas. Artículo 2º
de los libros de contabilidad.
Decreto 2649 de 1993 por el cual se reglamenta la contabilidad en general y se expiden
los principios o normas de contabilidad generalmente aceptados en Colombia.
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determinación de los impuestos, facilitando al contribuyente la aclaración de toda duda u
omisión que conduzca a una correcta determinación.
Normas concordantes de este Estatuto. Artículo 536. Amplias facultades de investigación.
. Deberes y obligaciones de información. Información para estudios y cruces
de información. Artículo 560. Competencia para el ejercicio de las funciones. Artículo 744.
     Artículo 756   
para determinar las obligaciones tributarias.
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se dictan otras disposiciones. 
ordinarios o solicitudes de información hechos por parte de la DIAN.
Ley 1607 de 2012 por la cual se expiden normas en materia tributaria y se dictan otras
disposiciones
Nota

Artículo 684-1. Otras normas de procedimiento aplicables en las investigaciones
tributarias.
En las investigaciones y prácticas de pruebas dentro de los procesos de determinación,
aplicación de sanciones, discusión, cobro, devoluciones y compensaciones, se podrán utilizar
los instrumentos consagrados por las normas del Código de Procedimiento Penal y del
Código Nacional de Policía, en lo que no sean contrarias a las disposiciones de este Estatuto.
Nota

Artículo 684-2. Implantación de sistemas técnicos de control.
La Dirección de Impuestos Nacionales podrá prescribir que determinados contribuyentes
o sectores, previa consideración de su capacidad económica, adopten sistemas técnicos
razonables para el control de su actividad productora de renta, o implantar directamente los
mismos, los cuales servirán de base para la determinación de sus obligaciones tributarias.
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Dirección de Impuestos Nacionales, o su violación dará lugar a la sanción de clausura del
establecimiento en los términos del artículo 657.
La información que se obtenga de tales sistemas estará amparada por la más estricta reserva.
Nota

Nota   por la cual se establece un Sistema Técnico de
             
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y se establece la información que deben suministrar a la Unidad Administrativa Especial
Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, se señala el contenido y características


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