Diligencia de descargos al trabajador, es obligatoria para respetar el debido proceso, pero no aplica reintegro laboral cuando no se realiza - Núm. 24, Diciembre 2015 - Boletín Jurídico Gil & Roa Abogados - Noticias - VLEX 632286037

Diligencia de descargos al trabajador, es obligatoria para respetar el debido proceso, pero no aplica reintegro laboral cuando no se realiza

AutorNelson Roa Reyes
CargoSocio y Director Ejecutivo Gil & Roa Abogados

Apreciados lectores, como es de su conocimiento el llamado a descargos hace parte del debido proceso al que tiene derecho todo trabajador cuando se encuentra próximo a un despido; no obstante, esto no lo faculta para solicitar reintegro ante los jueces laborales. El derecho a reintegro laboral se reconoce, únicamente, cuando se ha vulnerado la estabilidad que brindan los fueros laborales.

En los casos en que el despido se realice existiendo o no justa causa, es necesario que el empleador respete el debido proceso; quien no lo haga y tampoco notifique a su trabajador de una manera que le permita ejercer su derecho a descargos, deberá asumir las sanciones indicadas por la ley, que en muchas ocasiones generan nulidad del acto.

El artículo 64 del Código Sustantivo del Trabajo, indica las consecuencias de la terminación unilateral del contrato de trabajo sin justa causa. Cuando se trate de la culminación por parte del empleador o, si este da lugar a que el trabajador decida finalizar el vínculo laboral sin causa justa aparente, el primero deberá pagar al segundo una indemnización.

Recordemos que cuando el empleador desee despedir un trabajador cobijado por alguno de los fueros laborales, deberá contar con la...

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