Dinámica de los grupos de cuentas - Plan de Cuentas contextualizado bajo NIF: GRUPO 1. Prácticas de gobernanza contable en empresas privadas de interés público - Libros y Revistas - VLEX 862653172

Dinámica de los grupos de cuentas

AutorGherson Grajales Londoño/Guiovanny Lasso Marmolejo/Carlos Augusto Rincón Soto/Ricardo Zamorano Ho
Cargo del AutorContador Público, Universidad del Valle, con estudios adicionales en Sistemas de Información MDII, Mercadeo con la Universidad de los Andes, y teoría de Juegos con MIT/Contador Público Universidad Libre de Colombia/Contador Público, Universidad del Valle, Magister en Diseño y Desarrollo de Proyectos, Funiber/Contador Público, Universidad del Valle
Páginas119-295
119
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Dinámica de los grupos de cuentas
Algunos términos corresponden a adaptaciones de las deniciones tanto del
IASB (2014) actualizados en Colombia por el Decreto 2496 (2015), además de
los conceptos del profesor Sánchez (2015)
Para las dinámicas del plan de cuentas (tesauro) de las entidades se hizo una
adaptación del Decreto 2650 (1993), y se tuvieron en cuenta las consideracio-
nes mínimas del marco normativo técnico para pymes2, al cual se le adiciona-
ron los aspectos inherentes para las empresas del grupo 1 conforme al Decreto
2496 (2015)
Los hechos económicos se van a reconocer de acuerdo a las consideraciones
establecidas en la siguiente ilustración:
2 Grajales, Gherson y otros (2017) Plan de cuentas contextualizado bajo NIF: Grupo 2. Ediciones
de la U, Bogotá (Colombia)
120
PLAN DE CUENTAS CONTEXTUALIZADO BAJO NIF: GRUPO 1 - GHERSON GRAJALES - CARLOS AUGUSTO RINCÓN
Ilustración 30. Postulado de reconocimiento.
Algunas magnitudes contables permiten el reconocimiento de hechos econó-
micos solo con incidencia tributaria como es el caso de las provisiones para la
CAP. 5 - DINÁMICA DE LOS GRUPOS DE CUENTAS
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protección de cartera, las pérdidas por deterioro de los activos y los reajustes
scales, para ello se requieren observar lo establecido en los siguientes artícu-
los del estatuto tributario colombiano (Agudelo, 2017):
1. Artículo 33: las inversiones medidas a valor razonable, se deterioran en el
momento de la enajenación o liquidación;
2. Artículo 33-1: las inversiones medidas al costo amortizado, se deterioran en
el momento de la realización;
3. Artículo 33-2: las cuentas por cobrar en factoraje, se deterioran en el mo-
mento de adquirir la cartera;
4. Artículo 59-1: los deterioros inicialmente se reconocen en el ORI, y solo se
reclasica en los resultados cuando exista la enajenación, liquidación o baja en
cuentas, lo que ocurra primero;
5. Artículo 59.1.c: los costos atribuidos (art. 61), se reconocen como costo scal
cuando surja la obligación de efectuar el desembolso, entre los cuales están la
instalación, el desmantelamiento, la restauración, la rehabilitación, la disposi-
ción nal o el saneamiento ambiental;
6. Artículo 59.2: los faltantes de inventarios no son deducibles, a menos que
sean de fácil destrucción (art. 64.1) cuyo costo scal no podrá ser superior al
tres por ciento (3%) aplicado a la suma del inventario inicial más las compras
de la vigencia, solo se exceptúan situaciones de fuerza mayor o caso fortuito;
7. Artículo 64.2: las bajas de inventarios por obsolescencia, deberán ser sopor-
tadas con un acto administrativo;
8. Artículo 64.3: las bajas de inventarios con pólizas, solo se deterioran por la
diferencia no cubierta de la póliza.
9. Artículo 66-1: los cultivos de café solo reconocen hasta un cuarenta por cien-
to (40%) su costo scal como deterioro;
10. Artículo 66.1: las personas obligadas a llevar contabilidad reconocen los
costos scales devengados;
11. Artículo 66.2: las personas no obligadas a llevar contabilidad solo recono-
cen los costos scales efectivamente pagados;
12. Artículo 67.1: las personas obligadas a llevar contabilidad solo reconocen
como costo scal (art. 69) de los activos jos el precio de adquisición más los
costos atribuidos (instalación + inspección + reparación + mejoras);

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