Directiva presidencial número 03 de 2017 - 20 de Diciembre de 2017 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 699625185

Directiva presidencial número 03 de 2017

EmisorPresidencia de la República
Número de Boletín50453

PARA: Ministros del Despacho

Directores de Departamento Administrativo

Directores, Gerentes y Presidentes de Entidades Centralizadas y Descentralizadas del Orden Nacional

DE: Presidente de la República

ASUNTO: Proceso de Reincorporación - Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera

FECHA: 20 de diciembre de 2017

Con el fin de contribuir a la implementación del Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera, es necesario que cada sector administrativo que conforma el Presupuesto General de la Nación pueda ejecutar el gasto con estricto criterio de priorización y focalización en desarrollo de los objetivos fundamentales del Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018 "Todos por un nuevo país" en sus tres pilares, entre estos la Paz.

En tal medida, las propuestas de gasto presentadas por las entidades que hacen parte del Presupuesto General de la Nación (PGN) deberán dar prioridad, en la elaboración del Plan Operativo Anual de Inversiones, a aquellos gastos que permitan atender los compromisos del Gobierno nacional orientados a la financiación y ejecución de las diferentes acciones que demanda el proceso de reincorporación de los integrantes de las Farc-EP. Para ello, la Agencia para la Reincorporación y la Normalización (ARN) con el apoyo del Departamento Nacional de Planeación, elaborará una herramienta de articulación y seguimiento, donde todas las entidades concernidas en el proceso de reincorporación de los miembros de las Farc-EP, deberán presentar su oferta institucional en el marco de sus competencias y priorizar los recursos necesarios para el cumplimiento de los objetivos propuestos por el Gobierno nacional en materia de reincorporación para esta población.

Los ministerios, departamentos administrativos y entidades descentralizadas del orden nacional con funciones relacionadas con la reincorporación de los integrantes de las Farc-EP deberán adelantar las acciones, en cumplimiento de sus funciones constitucionales y

legales, con el objeto de que en el marco de los proyectos con los que cuentan efectúen la focalización de recursos necesarios del presupuesto 2018 y así disponer de la oferta suficiente que permita avanzar en la implementación del proceso de reincorporación y consecuentemente implementar de la mejor manera posible el Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera.

Por lo anterior...

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