El Director General de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca (CAR), hace constar - 7 de Junio de 2021 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 868951206

El Director General de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca (CAR), hace constar

EmisorCorporaciones Autónomas Regionales - Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca
Número de Boletín51698

HACE CONSTAR:

Que teniendo en cuenta que la reunión de elección de los Representantes y Suplentes del Sector Privado ante el Consejo Directivo de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca (CAR), para el período 2020-2023, llevada a cabo el día 29 de noviembre de 2019, no cumplió con los elementos normativos establecidos en los numerales 5 y 6 del artículo 2.2.8.5A.1.6 del Decreto número 1850 de 2015, que a su tenor literal establece: "5. En esta reunión serán elegidos los representantes del sector privado. 6. De la reunión se levantará un acta en la que conste los resultados de la elección la cual deberá ser firmada por el Presidente y el Secretario", y en consecuencia no fue declarado electo ninguno de los aspirantes;

Que igualmente, en virtud de lo establecido en el artículo 2.2.8.5A.1.5. del Decreto 1850 de 2015, y teniendo en cuenta que cumplido el plazo para celebrar la reunión, no fue posible la elección, la Corporación publicó la respectiva constancia sobre este particular mediante aviso publicado en la página web de la CAR, y se preparó para publicar un nuevo aviso de convocatoria atendiendo las previsiones del Decreto 1850 de 2015, no obstante, cuando se tenía definido el nuevo aviso y cronograma, se presentó la pandemia generada por el COVID 19, impidiendo que esta se pudiese desarrollar;

Que en cumplimiento del fallo de segunda instancia proferido por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, Sala Penal, del 6 de mayo de 2021, que amparó el derecho al debido proceso de la Federación Gremial de Prensa para Bogotá y Cundinamarca (Fengremial), representada legalmente por el señor Juan Carlos Calderón España, se ordena a la CAR, adelantar todas las gestiones administrativas y logísticas pertinentes y necesarias con el fin de publicar un nuevo aviso de convocatoria, y en consecuencia, realizar la reunión virtual correspondiente para la elección de los representantes del Sector Privado ante el Consejo Directivo de la CAR;

Que en virtud de lo anterior, la CAR dará inicio al proceso de elección en aplicación de lo establecido en el Decreto 1850 de 2015, por el cual se adiciona el Decreto 1076 de 2015 y, en consecuencia:

CONVOCA:

A todas las organizaciones del sector privado que tengan su domicilio y ejerzan actividades en el área de jurisdicción de la CAR, para que el día 3 de agosto de 2021, a partir de las 8:00 a. m., se hagan presentes en la reunión virtual que se llevará a cabo a través del software de votación con...

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