Disposiciones finales - Del seguro marítimo - De la navegación acuática - De la navegación - Decreto 410 de 1975, por el cual se expide el Código de Comercio - Código de Comercio. Comentarios - Concordancias - Doctrina - Jurisprudencia - Libros y Revistas - VLEX 396732646

Disposiciones finales

AutorJorge Enrique Chavarro Cadena
Páginas1012-1013

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ARTICULO 1766. DEFINICIÓN DE EMBARCACIONES FLUVIALES. Se entienden por embarcaciones fiuviales las destinadas a navegar por ríos, lagos o canales, y por navegación fiuvial la que se ejecuta con ellas.

CONCORDANCIAS: (*Para su consulta debe ser suscriptor. Ver www.nuevalegislacion.com).

· Código de Comercio: Art. 1429.

· *Ley 336 de 1996: Estatuto General de Transporte.

ARTICULO 1767. PROHIBICIÓN DE NO EMPLEAR EMBARCACIONES FLUVIALES. Las embarcaciones fiuviales no podrán emplearse en la navegación marítima.

ARTICULO 1768. REGISTRO DE CARGAMENTO LLEVADO POR CAPITANÍA O CARGADOR. En la navegación fiuvial, deberá llevar el capitán o el contador del buque un registro de cargamentos, destinado a anotar los que reciba la nave para su transporte.

ARTICULO 1769. RECIBO Y ENTREGA DE LA CARGA EN LA NAVEGACIÓN FLUVIAL. En la navegación fiuvial, el recibo y entrega de la carga no se hará necesariamente bajo aparejo.

CONCORDANCIAS:

· Código de Comercio: Arts. 1606 y 1655.

ARTICULO 1770. AMPARO DE CARGA POR CONOCIMIENTO DE EMBARQUE. En la navegación fiuvial, los animales vivos y la carga que según el contrato de transporte se declaren colocados sobre cubierta o planchones y efectivamente se transporten así, podrán ser amparados por el conocimiento de embarque o documento equivalente para todos los efectos legales.

CONCORDANCIAS:

· Código de Comercio: Arts. 767, 1636 y 1614.

ARTICULO 1771. OBLIGACIÓN DEL CAPITÁN CUANDO SE IGNORE A QUIEN SE DEBE HACER LA ENTREGA. En la navegación fiuvial, es obligación del capitán poner la carga transportada a disposición de la autoridad judicial del lugar, para que provea lo conveniente a su depósito, conservación y seguridad, cuando el consignatario no se presente en

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