Otras disposiciones procedimentales
Autor | Álvaro Jiménez Lozano |
Páginas | 717-727 |
717
TÍTULO XI
OTRAS DISPOSICIONES PROCEDIMENTALES
Artículo 866. Corrección de los actos administrativos y liquidaciones privadas.
administrativos, mientras no se haya ejercitado la acción Contencioso Administrativa.
de peticiones.
Nota: Véase de la DIAN por medio de la cual se reglamenta
el derecho de petición y la presentación y trámite de quejas y reclamos en la Unidad
Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
Artículo 867. Garantía para demandar.
Nota:
de la Corte Constitucional.
Artículo 867-1. Actualización del valor de las sanciones tributarias pendientes de pago.
Nota:
Los contribuyentes, responsables, agentes de retención y declarantes, que no cancelen
oportunamente las sanciones a su cargo que lleven más de un año de vencidas, deberán
reajustar dicho valor anual y acumulativamente el 1 de enero de cada año, en el ciento por
Nacional de Estadística, DANE. En el evento en que la sanción haya sido determinada por
la administración tributaria, la actualización se aplicará a partir del 1° de enero siguiente
correspondiente sanción.
Normas concordantes de este mismo Estatuto. Artículo 635. Determinación de la tasa
de interés moratorio. Artículo 793. Responsabilidad solidaria. Artículo 794. Responsabilidad
solidaria de los socios por los impuestos de la sociedad. . Facilidades de pago.
Decreto 0020 de 1994 por el cual se reglamentan los artículos 867-1 del Estatuto
Tributario y 108 de la Ley 0060 de 1992. Sanciones de mora. Artículo 2º. Cálculo de los
intereses de mora y corrientes. Artículo 5º. Orden de imputación de los pagos. Artículo 6º.
Artículo 7º. Valor correspondiente al ajuste
Artículo 8º. Publicación de la Tabla
Estatuto Tributario. Artículo 3º. Remisibilidad de obligaciones de menor cuantía.
Nota: Véase Concepto Tributario 30642 y 40403 de 2000 sobre responsabilidad solidaria
Resolución
obligaciones tributarias, aduaneras y cambiarias. Resolución 3992 de 2007 por medio de la
cual se adopta el Servicio Informático Electrónico de la Obligación Financiera.
Ley 1380 de 2010 por la cual se establece el Régimen de Insolvencia para la Persona
Natural No Comerciante. Artículo 26
Nota
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