Resolución número 3290 de 2007, por la cual se distribuyen recursos de la Subcuenta de Solidaridad del Fondo de Solidaridad y Garantía, Fosyga, Subproyecto Subsidio a la Demanda- Régimen Subsidiado para ampliación de cobertura. - 1 de Octubre de 2007 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 51318599

Resolución número 3290 de 2007, por la cual se distribuyen recursos de la Subcuenta de Solidaridad del Fondo de Solidaridad y Garantía, Fosyga, Subproyecto Subsidio a la Demanda- Régimen Subsidiado para ampliación de cobertura.

EmisorMinisterio de Protección Social
Número de Boletín46768

El Ministro de la Proteccion Social, en ejercicio de sus atribuciones legales, especialmente las conferidas en el Decreto 205 de 2003 y en el articulo 6º del Acuerdo numero 358 del Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud, CONSIDERANDO:

Que mediante Acuerdo numero 353 el Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud aprobo el Presupuesto del Fondo de Solidaridad y Garantia, Fosyga, para la vigencia fiscal de 2007;

Que mediante la Resolucion numero 872 del 26 de marzo de 2007, el Ministerio de la Proteccion Social, efectuo la distribucion por subproyectos del Presupuesto de Inversion del Ministerio de la Proteccion Social del proyecto Ampliacion y Renovacion de la Afiliacion del Regimen Subsidiado, Subcuenta de Solidaridad Fosyga, destinando $1.695.604.753.439 al subproyecto "Subsidio a la Demanda- Regimen Subsidiado";

Que mediante Acuerdo numero 353 el Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud aprobo el Presupuesto del Fondo de Solidaridad y Garantia, Fosyga, para la vigencia fiscal de 2007, destinandose $116.000.000.000 para el proyecto Ampliacion y Renovacion de la afiliacion del Regimen Subsidiado-Subcuenta de Solidaridad Fosyga - Atencion a la Poblacion Desplazada - APD a nivel nacional;

Que mediante el Acuerdo numero 358 del Consejo Nacional en Seguridad Social en Salud se establecieron los criterios de distribucion de los recursos del Fondo de Solidaridad y Garantia, Fosyga, para la ampliacion de cobertura en el regimen subsidiado en la vigencia 2007;

Que en el literal a) del articulo 1° del Acuerdo numero 358 se establecieron los criterios de distribucion de recursos del Fosyga que no requieren cofinanciacion, para la ampliacion de cobertura en los siguientes casos: i) Ampliar la cobertura en aquellos municipios que presenten una cobertura al regimen subsidiado inferior al 50% de su poblacion Sisben identificada en los niveles I y II;

ii) Asignar recursos para la afiliacion de la poblacion desmovilizada del conflicto armado;

iii) Asignar recursos para la afiliacion de la poblacion desplazada por la violencia, y iv) Asignar recursos para la afiliacion en los municipios que se encuentren incluidos en la prueba piloto de la Red de Proteccion Social contra la Extrema Pobreza, conforme al Conpes Social 102 de 2006;

Que el articulo 6º del Acuerdo numero 358 del Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud establece: "Distribucion de los Recursos. El Ministerio de la Proteccion Social distribuira mediante Resolucion los recursos destinados para la ampliacion de cobertura del regimen subsidiado de conformidad con los criterios establecidos en el presente Acuerdo segun la disponibilidad de recursos de la Subcuenta de Solidaridad del Fosyga para ampliacion de cobertura en el regimen subsidiado, en la presente vigencia fiscal";

Que el articulo 8º del Acuerdo numero 358 del Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud establece condiciones y plazos de afiliacion y contratacion para la ampliacion de cobertura de la poblacion desmovilizada. Se establece un periodo inicial entre el 1° de julio de 2007 y hasta el 31 de diciembre de 2007, no obstante lo anterior, dada la dinamica del proceso de desmovilizacion, se autoriza que los contratos de Regimen Subsidiado ya suscritos con las EPS se adicionen cada bimestre a partir del primero (1º) del mes de agosto de 2007 y hasta el 31 de diciembre de 2007 con el fin de incluir a la poblacion desmovilizada que haya acreditado dicha condicion, sin que se superen los cupos y recursos disponibles en la presente vigencia;

Que la Alta Consejeria para la Reintegracion Social y Economica de Personas y Grupos Alzados en Armas, certifico nuevos cupos discriminados por municipio para la afiliacion de la poblacion desmovilizada al Regimen Subsidiado y no pudo surtirse el proceso administrativo para realizar dicha ampliacion de cobertura el 1º de agosto de 2007;

Que el articulo 1° del Acuerdo 363 de agosto 24 de 2007 del Consejo Nacional de Seguridad en Salud establece un nuevo periodo para la afiliacion de la poblacion desplazada por la violencia y para la afiliacion de las personas identificadas en los niveles I y II del Sisben que encontrandose incluidas en la prueba piloto del Proyecto Red de Proteccion Social contra la Extrema Pobreza, que no esten afiliadas al regimen subsidiado en salud, el cual inicia el primero (1º) de octubre de 2007 y termina el 31 de diciembre de 2007. El proceso de afiliacion se surtira hasta tres (3) dias antes de la fecha de contratacion;

Que la presente asignacion se encuentra amparada por los Certificados de Disponibilidad Presupuestal numeros 1, 3, 21, 39, expedidos por la Jefe de Presupuesto del Ministerio de la Proteccion Social, RESUELVE:

Articulo 1°

Asignar a las entidades territoriales recursos del Fondo de Solidaridad y Garantia - Subcuenta de Solidaridad por valor de $23.302.098.804.39 que afecta el presu puesto de la presente vigencia, para la ampliacion de cobertura del regimen subsidiado, segun el criterio de distribucion señalado en el articulo 1º literal a) del Acuerdo numero 358 del Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud, conforme se discrimina a continuacion: 1. Acuerdo numero 358, articulo 1º, literal a), numeral 2 (Criterios de distribucion de recursos del Fosyga que no requieren cofinanciacion para poblacion desmovilizada): $623.610.820,80. 2. Acuerdo numero 358, articulo 1º, literal a), numeral 3. (Criterios de distribucion de recursos del Fosyga que no requieren cofinanciacion para poblacion desplazada por la violencia): $17.653.167.746,79. 3. Acuerdo numero 358, articulo 1º, literal a), numeral 4. (Criterios de distribucion de recursos del Fosyga que no requieren cofinanciacion para la afiliacion en los municipios ANEXO No. 1. RESOLUCION No. 3290 DE SEPTIEMBRE 18 DE 2007 DEL CONSEJO NACIONAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD AFILIACION DE POBLACION DESPLAZADA POR LA VIOLENCIA (Articulo 1, literal A, numeral 3, Acuerdo No. 358 CNSSS) CODIGO DEPTO MUNICIPIO CUPOS VALOR COFINANCIACION FOSYGA ($) 5001 ANTIOQUIA MEDELLIN 21.841 1.267.467.346,84 5002 ANTIOQUIA ABEJORRAL - - 5004 ANTIOQUIA ABRIAQUI - - 5021 ANTIOQUIA ALEJANDRIA - - 5030 ANTIOQUIA AMAGA - - 5031 ANTIOQUIA AMALFI 81 4.612.490,83 5034 ANTIOQUIA ANDES - - 5036 ANTIOQUIA ANGELOPOLIS - - 5038 ANTIOQUIA ANGOSTURA - - 5040 ANTIOQUIA ANORI - - 5042 ANTIOQUIA SANTAFE DE ANTIOQUIA - - 5044 ANTIOQUIA ANZA - - 5045 ANTIOQUIA APARTADO 2.539 171.826.327,72 5051 ANTIOQUIA ARBOLETES - - 5055 ANTIOQUIA ARGELIA - - 5059 ANTIOQUIA ARMENIA - - 5079 ANTIOQUIA BARBOSA - - 5086 ANTIOQUIA BELMIRA - - 5088 ANTIOQUIA BELLO 1.907 110.684.664,76 5091 ANTIOQUIA BETANIA - - 5093 ANTIOQUIA BETULIA - - 5101 ANTIOQUIA CIUDAD BOLIVAR - - 5107 ANTIOQUIA BRICEÑO 165 9.386.823,44 5113 ANTIOQUIA BURITICA - - 5120 ANTIOQUIA CACERES - 5125 ANTIOQUIA CAICEDO - - 5129 ANTIOQUIA CALDAS - - 5134 ANTIOQUIA CAMPAMENTO - - 5138 ANTIOQUIA CAÑASGORDAS - - 5142 ANTIOQUIA CARACOLI - - 5145 ANTIOQUIA CARAMANTA - - 5147 ANTIOQUIA CAREPA - - 5148 ANTIOQUIA EL CARMEN DE VIBORAL - - 5150 ANTIOQUIA CAROLINA - - 5154 ANTIOQUIA CAUCASIA - - 5172 ANTIOQUIA CHIGORODO 1.077 DEL CONSEJO NACIONAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD 72.869.764,75 5190 ANTIOQUIA CISNEROS - - 5197 ANTIOQUIA COCORNA AFILIACION DE - POBLACION DESPLAZADA - numeral 2, Acuerdo No. 358 CNSSS) 5206 ANTIOQUIA CONCEPCION POR LA VIOLENCIA - (Articulo 1, literal A, - 5209 CODIGO ANTIOQUIA DEPTO CONCORDIA MUNICIPIO numeral 3, Acuerdo No. 358 CNSSS) - - 5212 ANTIOQUIA COPACABANA - - 5234 ANTIOQUIA DABEIBA - - 5237 ANTIOQUIA DON MATIAS CUPOS 33 VALOR COFINANCIACION FOSYGA ($) 1.861.180,51 FOSYGA ($) 5240 ANTIOQUIA EBEJICO - - 5250 ANTIOQUIA EL BAGRE - - 5264 ANTIOQUIA ENTRERRIOS - - 5266 ANTIOQUIA ENVIGADO - - 5282 ANTIOQUIA FREDONIA - - 5284 ANTIOQUIA FRONTINO - - 5306 ANTIOQUIA GIRALDO - - 5308 ANTIOQUIA GIRARDOTA 141 8.011.168,28 5310 ANTIOQUIA GOMEZ PLATA - - 5313 ANTIOQUIA GRANADA - - 5315 ANTIOQUIA GUADALUPE - - 5318 ANTIOQUIA GUARNE - - 5321 ANTIOQUIA GUATAPE - - 5347 ANTIOQUIA HELICONIA - - 5353 ANTIOQUIA HISPANIA - - 5360 ANTIOQUIA ITAGUI 627 36.399.654,86 5361 ANTIOQUIA ITUANGO - - 5364 ANTIOQUIA JARDIN - - 5368 ANTIOQUIA JERICO - - 5376 ANTIOQUIA LA CEJA - - 5380 ANTIOQUIA LA ESTRELLA - - 5390 ANTIOQUIA LA PINTADA - - 5400 ANTIOQUIA LA UNION - - 5411 ANTIOQUIA LIBORINA - - 5425 ANTIOQUIA MACEO - - 5440 ANTIOQUIA MARINILLA 791 44.992.015,78 5467 ANTIOQUIA MONTEBELLO - 5475 ANTIOQUIA MURINDO - - 5480 ANTIOQUIA MUTATA - - 5483 ANTIOQUIA NARIÑO - - 5490 ANTIOQUIA NECOCLI 377 25.509.230,73 5495 ANTIOQUIA NECHI - - 5501 ANTIOQUIA OLAYA - - 5541 ANTIOQUIA PEÑOL - - 5543 ANTIOQUIA PEQUE - - que se encuentran incluidos en la prueba piloto de la Red de Proteccion Social contra la Extrema Pobreza, conforme al Conpes 102 de 2006): $5.025.320.236,80.

La desagregacion de la asignacion de recursos del Fosyga por entidad territorial se presenta en el Anexo numero 1, que forma parte integral de la presente resolucion.

Articulo 2°

Conforme lo establecido en el Acuerdo numero 363 de agosto 24 de 2007 del Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud, para esta ampliacion de cobertura las entidades territoriales realizaran adicion a los contratos del Regimen Subsidiado ya exis tentes, dando cumplimiento a la normatividad vigente (literal i), articulo 14 de la Ley 1122 de 2007), por el periodo comprendido entre el 1º de octubre de 2007 y el 31 de diciembre de 2007. Articulo 3°. La presente resolucion rige a partir de la fecha de su publicacion.

Publiquese y cumplase.

Dada en Bogota, D. C., a 18 de septiembre de 2007.

El Ministro de la Proteccion Social, Diego Palacio Betancourt.

AFILIACION DE POBLACION DESMOVILIZADA AFILIACION DE POBLACION EN MUNICIPIOS DEL CONFLICTO ARMADO (Articulo 1, literal A, INCLUIDOS EN LA PRUEBA PILOTO RED EXTREMA numeral 2, Acuerdo No. 358 CNSSS) POBREZA - CONPES 102 (Articulo 1, literal A, numeral 4, Acuerdo No. 358 CNSSS) TOTAL RECURSOS DEL FOSYGA ASIGNADOS ($) VALOR COFINANCIACION VALOR...

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