El dominio público en República Dominicana: studio de su evolución histórica como requisito para la búsqueda de una teoría propia - Núm. 22, Julio 2019 - Revista Digital de Derecho Administrativo - Libros y Revistas - VLEX 798642689

El dominio público en República Dominicana: studio de su evolución histórica como requisito para la búsqueda de una teoría propia

AutorHéctor E. Alíes Rivas
CargoProfesor de Derecho Inmobiliario y Empresarial, Pontificia Universidad Católica Madre y Maestra (pucmm ), Santiago, República Dominicana
Páginas163-201
Revista digital de deRecho administRativo, n.º 22, segundo semestRe/ 2019, pp. 163-201
El dominio público en
República Dominicana:
estudio de su evolución
histórica como requisito
para la búsqueda de una
teoría propia
héct oR e. alíes Ri vas1
RESUMEN
Este trabajo examina la evolución histórica del dominio público en la República
Dominicana, a través de un análisis de las referencias coloniales, las constitucio-
nes políticas, el Código Civil y otras normas que lo definen. La investigación
identifica el vacío conceptual durante la colonia, la constitucionalización de
la institución, su tratamiento a partir de la puesta en vigor de la codificación
francesa y su impacto en las normativas sectoriales. Las reflexiones finales lle-
van a una sutil aproximación al concepto y al planteamiento de la necesidad
de construir una teoría propia para el dominio público dominicano.
Palabras clave: bienes nacionales, dominio público, dominio privado, de-
recho dominicano, recursos naturales, bienes públicos.
1 Profesor de Derecho Inmobiliario y Empresarial, Pontificia Universidad Católica Madre
y Maestra (pucMM), Santiago, República Dominicana. Socio del despacho Alies Pascal
Abogados. Magíster en Derecho Empresarial por la Universidad Antonio de Nebrija,
Madrid, España. Doctorando por la Universidad Externado de Colombia, en convenio
con la pucMM. Miembro de la Red Internacional de Bienes Públicos (ribp). Correo-e: hec-
toralies@pucmm.edu.do. Enlace orcid: https://orcid.org/0000-0002-5253-6208. Fecha de
recepción: 15 de marzo de 2019. Fecha de modificación: 22 de abril de 2019. Fecha
de aceptación: 8 de mayo de 2019. Para citar el artículo: Alíes rivAs, héctor e., “El dominio
público en República Dominicana: estudio de su evolución histórica como requisito para la
búsqueda de una teoría propia”, Revista digital de Derecho Administrativo, Universidad Externado
de Colombia, n.º 22, 2019, pp. 163-201. doi: https://doi.org/10.18601/21452946.n22.08.
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Revista digital de deRecho administRativo, n.º 22, segundo semestRe/ 2019, pp. 163-201
Héctor E. Alies Rivas
Public Domain in the Dominican Republic:
Study of its Historical Evolution
as a Prerequisite for its Own Theory
ABSTRACT
This paper examines the historical development of public domain in the Do-
minican Republic, through an analysis of colonial references, political constitu-
tions, the Civil Code and other rules that define the institution. The research
identifies a conceptual vacuum during the colony, the constitutionalization of
the institution, its regulation with the enactment of a French inspired codifi-
cation, and its impact on sectoral regulations. The final reflections lead to a
subtle approach to the concept and the need for the Dominican Republic to
build its own public domain theory.
Keywords: Public Assets, Public Domain, Private Domain, Dominican Law,
Natural Resources, Public goods.
1. EVOLUCIÓN HISTÓRICA DEL DOMINIO PÚBLICO EN LA
REPÚBLICA DOMINICANA
El estudio agudo de una institución jurídica como el dominio público con-
lleva, necesariamente, un recorrido histórico que permita la construcción de
la noción en determinado contexto. A estos fines es necesario mencionar, a
modo introductorio, que el derecho romano, a través de las Institutas, libro ii,
título i, nos legaba los conceptos de res publicae y bienes extra commercium (fuera
del comercio), los cuales nos permiten colegir que desde ese entonces la in-
alienabilidad es una característica propia de los bienes de dominio público.
Posteriormente, en la época pre- y poscolonial se emplearon “conceptos de origen
romano generalmente pasados a través del filtro medieval de las Partidas2-3;
aclarando Pimiento que, aunque el derecho romano fue la fuente de inspiración
de todo el sistema del derecho español y del derecho castellano, la división
clásica de los bienes públicos que se encuentra en las Partidas sigue siendo
2 fernAndo lópeZ rAMón, “Los bienes públicos en la codificación civil latinoamericana”, en
El dominio público en Europa y América Latina, Lima: ribp - Círculo de Derecho Administrativo,
Fernando López Ramón y Orlando Vignolo Cueva (coords.), 2015, p. 225.
3 Las Siete Partidas o Partidas son un cuerpo normativo redactado en Castilla, durante el
reinado de Alfonso x (1252-1284), para conseguir una cierta uniformidad jurídica del reino.
Su nombre original era Libro de las Leyes y hacia el siglo xiv recibió su actual denominación
por las secciones en que se encuentra dividida. Las Partidas abarcan todo el saber jurídico
de la época dentro de una visión unitaria, por ello se le ha considerado una summa de
derecho. Reseña en: https://www.unav.edu/documents/1807770/2776220/Siete_Partidas.
pdf [consultado el 10 de marzo de 2019].
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El dominio público en República Dominicana
una construcción original4. Luego, los modelos jurídicos europeos surgidos o
reformados para finales del siglo xviii inspiraron la incidencia del tema de los
bienes –a partir de la doctrina francesa, principalmente teorías emblemáticas
como las de J. B. Víctor Proudhon5 y Maurice Hauriou6–, en las constitucio-
nes, códigos y leyes de diversos países de América Latina, como es el caso de
Haití (1804), República Dominicana (1884), Chile (1855) y Argentina (1869)7.
1.1. breve ref erenci A A lA épo cA colon iAl: de l vAcío conce ptuAl
A lA infl uenciA frAnce sA
En el contexto del derecho dominicano, es relevante iniciar nuestro estudio
con el hecho de que al momento de la llegada del Cristóbal Colón, en el año
1492, a la entonces llamada isla de Aïty (Haití)8 o La Española (posteriormente,
isla de Santo Domingo) no parecía haber un régimen de división de las cosas,
ya que a la fecha la sociedad taína solamente había dividido las tierras –como
manifestación de organización política– en cinco cacicazgos (Maguá, Higüey,
Marién, Maguana y Jaragua), cada uno bajo el liderazgo de un cacique.
4 Julián A. piMiento echeverri, Derecho administrativo de bienes: los bienes públicos: historia, clasifi-
cación, régimen jurídico, Bogotá: Universidad Externado de Colombia, 2015, p. 87.
5 Reseña Chemas, siguiendo a Carmen de Guerrero Manso, que la noción de dominio pú-
blico nace en Francia, siendo su mayor exponente, Proudhon, quien con su teoría objetiva,
incluida en su Tratado de dominio público publicado en 1833, y “tomando como punto de
partida la clasificación romana que diferenciaba entre los bienes intra commercium y extra
commercium, distingue entre dominio público y dominio privado del Estado” (cArMen de
guerrero MAnso, “Bases históricas y constitucionales del dominio público en España”,
en El dominio público en Europa y América Latina, Lima: ribp - Círculo de Derecho Administra-
tivo, Fernando López-Ramón y Orlando Vignolo Cueva (coords.), 2015, p. 39), llegó a
la conclusión de que el Estado ejerce solamente facultades de guardia y custodia sobre
bienes públicos, sustentándose en el derecho de soberanía. Teoría que claramente creció
y evolucionó en el mismo derecho francés, pero sin desviarse, por lo que, casi dos siglos
después, se sigue edificando doctrinariamente sobre la misma base. sergio cheMAs, “El
dominio público y los bienes públicos: Europa y América Latina. ¿El hijo sigue mirando
al padre?”, Revista digital de Derecho Administrativo, n.º 14, Bogotá: Universidad Externado de
Colombia, 2015, p. 225.
6 La tesis de Hauriou básicamente consistió en sostener que la relación Estado-bienes de
dominio público se fundamenta en el derecho de propiedad, y no en el de soberanía. ser-
gio cheMAs, óp. cit., p. 226.
7 Véase JuAn cArlos cAssAgne e ignAcio M. de lA rivA, “Formación, trayectoria y signifi-
cado actual del dominio público en la Argentina”, en El dominio público en Europa y América
Latina, Lima: ribp - Círculo de Derecho Administrativo, Fernando López-Ramón y Orlando
Vignolo Cueva (coords.), 2015, pp. 254-298.
8 hAití – Nombre indígena de la isla de Santo Domingo […]. Aïty es el nombre de la Es-
pañola o Santo Domingo, en Caribe”, en eMilio teJerA, Indigenismos, t. ii, Santo Domingo:
Editora de Santo Domingo, 1977, p. 754; “y esta gran isla Española nombraban Haytí”, en
bArtoloMé de lAs cAsAs, Historia de las Indias, t. i, Santo Domingo: Sociedad Dominicana
de Bibliófilos - Editora Corripio, 1977, p. 218.

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